ALCANCE
Nº
MINISTERIO
DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE
En ejercicio de
las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 y 180
de
Considerando:
1º—Que un frente
frío, sistema frontal que proviene del polo norte afecta al país desde el día
03 de febrero, generando vientos fuertes e importantes precipitaciones en
2º—Este evento ha provocado
inundaciones importantes, vientos fuertes y consecuentemente daños a los bienes
y a las personas, afectaciones de la infraestructura vial, las comunicaciones,
la agricultura, los servicios públicos y las viviendas, por lo que
3º—Que como consecuencia de estos
fenómenos, se debió evacuar a las personas damnificadas y ubicarlas en
diferentes albergues instalados por
4º—Que de acuerdo a los informes
de situación del Centro de información y Análisis de
5º—Que la vida de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado, quien debe velar por su protección y por la seguridad de los habitantes y en general por la conservación del orden social.
6º—Que
7º—Que en razón de lo expuesto,
se hace necesaria la promulgación de un marco jurídico para tomar las medidas
de excepción, que señala
Decretan:
Artículo 1º—Ante la situación
provocada por el fenómeno descrito en el considerando uno, dos y tres de este
decreto, se declara estado de emergencia en los cantones de Limón, Siquirres,
Matina, Pococí, Guácimo, Talamanca de la provincia de
Limón; Sarapiquí, Barba, Belén, San Rafael, Santa
Bárbara y Santo Domingo de la provincia de Heredia; Alajuela, Alfaro Ruiz,
Grecia, Naranjo, Palmares y Valverde Vega de
Artículo 2º—Para los efectos
correspondientes, se tienen comprendidas dentro de la presente declaratoria de
emergencia las tres fases que establece
a) Fase de Respuesta.
b) Fase de Rehabilitación.
c) Fase de Reconstrucción.
Artículo 3°—Se
tienen comprendidas dentro de esta declaratoria de emergencia todas las
acciones y obras necesarias para la atención, respuesta, rehabilitación,
reconstrucción y reposición de la infraestructura, las viviendas, las
comunicaciones y la agricultura y en general, todos los servicios públicos
dañados que se ubiquen dentro de la zona de cobertura señalada en el artículo
1º de este Decreto, todo lo cual deberá constar en el Plan General de
Artículo 4º—
Artículo 5º—De conformidad con lo
dispuesto por
Artículo 6º—Para la atención de
la presente declaratoria de emergencia,
Artículo 7º—
Artículo 8º—Los predios de propiedad privada ubicados en el área geográfica establecida en esta declaratoria de emergencia, deberán soportar todas las servidumbres legales necesarias para poder ejecutar las acciones, los procesos y las obras que realicen las entidades públicas en la atención de la emergencia, siempre y cuando ello sea absolutamente indispensable para la atención oportuna de la misma, de conformidad con lo dispuesto en la primera fase de la emergencia.
Articulo 9º—Con base en las disposiciones contenidas en los ordinales 45 constitucional y 35 de la citada Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, en caso de ser absolutamente indispensable y mientras se mantenga vigente la presente declaratoria de emergencia, queda habilitado el Poder Ejecutivo para expropiar, sin previa indemnización, los bienes, las propiedades o los derechos indispensables para cumplir las acciones y obras necesarias para la atención, reconstrucción y reposición de infraestructura pública dañada que se ubique dentro de la zona de cobertura señalada en el artículo 1) de este Decreto.
Artículo 10.—La presente
declaratoria de emergencia se mantendrá vigente durante el plazo que el Poder
Ejecutivo disponga, según los informes que sean emitidos por
Artículo 11.—Rige a partir del 03 de febrero del 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—El Ministro de
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en
las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146
de
Considerando:
1º—Que mediante
2º—Que mediante oficio Nº
1024-2008 DG de 18 de noviembre de 2008, el Director General de
3º—Que el monto anterior proviene de superávit libre, con el que se financiará la compra de maquinaria nueva de imprenta, software, vehículo nuevo, red de tuberías agua potable y proyecto de aguas residuales, equipo médico y mobiliario de cocina.
4º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en
5º—Que el artículo 7º del decreto supra citado, dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlo en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.
6º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 34404-H, publicado en
7º—Que con el oficio Nº
STAP-0825-08 de 25 de abril de 2008, se le comunicó a
8º—Que con el oficio Nº 2953-2008
DM de 12 de diciembre de 2008, la señora Ministra de Gobernación, Policía y
Seguridad Pública, avala la solicitud planteada por
9º—Que por lo anterior, resulta
necesario aumentar el gasto presupuestario máximo fijado para
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase para
Artículo 2º—Es responsabilidad de
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—C-Exento.—(D35065-14956).
Nº 600-P
EL PRESIDENTE DE
En uso de las
facultades que le confiere el artículo 47, inciso 3) de
Considerando:
1º—Que la señora María Elena Carballo Castegnaro, ha sido invitada a participar en la inauguración de la exposición Costa Rica “Terre de merveilles”, que se llevará a cabo en el Museo de Arqueología e Historia de Montreal, Canadá.
2º—Que la señora María Elena Carballo Castegnaro, a su paso por Estados Unidos de América, participará en reuniones relacionadas con asuntos propios de su cargo.
3º—Que con motivo de la ausencia de la señora Ministra de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a. í. de esa Cartera. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora María Elena Carballo Castegnaro cédula Nº 1-503-316, Ministra de Cultura y Juventud, para que viaje a Estados Unidos del 25 de octubre al 01 de noviembre de 2008, para participar en reuniones relacionadas con asuntos propios de su cargo y a Canadá del 02 al 05 de noviembre para participar en la inauguración de la exposición Costa Rica “Terre de merveilles”.
Artículo 2º—El Ministerio de
Cultura y Juventud, en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida
1.05.03- Transporte en el Exterior, le reconocerá a
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia de la señora María Elena Carballo Castegnaro, nombrar a la señora Laura Pacheco Oreamuno, cédula Nº 1-600-413, como Ministra a. í. de Cultura y Juventud.
Artículo 4º—Rige a partir de las 8:10 horas del día 25 de octubre hasta las 21:40 horas del día 5 de noviembre de 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 27591-M. Cultura).—C-32270.—(12651).
Nº 539-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
el artículo 141 de
Considerando:
I.—Que
II.—Que los principales objetivos
de este seminario son promover los métodos basados en la prevención de la
drogodependencia y el tratamiento, y así recomendar o reconocer la
drogodependencia como un problema de salud que requiere una política
multidisciplinaria completa, que favorezca a la sociedad para adaptar políticas
e implementar programas de calidad para la prevención de la adicción a las
drogas y el tratamiento, y que
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Eugenia Mata Chavarría, cédula número uno-seiscientos
veintinueve-seiscientos treinta y nueve, funcionaria del Instituto
Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe en el Seminario Técnico en
Artículo 2º—Los gastos de
alimentación, tiquete aéreo y hospedaje de la funcionaria serán cubiertos por
Artículo 3º—Rige a partir del 15 al 19 de diciembre de 2008.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 010-2009-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la “Ley General de
Considerando:
1º—Que el
Laboratorio Costarricense de Metrología (Lacomet)
órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, fue invitado como participante en el “Taller de Termometría,
como preparación para la intercomparación Camet 2009-
2º—De conformidad con lo que
establece la “Ley del Sistema Nacional para
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar a la señora Paula Montero Brenes, portadora de la cédula
1-0794-0794, funcionaria del Departamento de Metrología Física, de Lacomet, para participar en el “Taller de Termometría, como
preparación para la intercomparación Camet 2009-
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, serán financiados por la subpartida 10503, “Transporte en el Exterior”; los gastos relacionados con hospedaje, alimentación, transporte dentro del país visitado e impuestos de salida, serán financiados por la subpartida 10504, “Viáticos en el Exterior”, del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET). Correspondiéndole a la funcionaria la suma de US $ 814,80, por concepto de viáticos. Los gastos por transporte interno dentro del país visitado serán cancelados por Lacomet contra la presentación de las respectivas facturas
Artículo 3º—La funcionaria devengará, el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 17 de febrero de 2009 y hasta el 20 de febrero del mismo año.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a los dos días del mes de febrero del dos mil nueve.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 43449-LACOMET).—C-36020.—(12582).
Nº 011-2009-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la “Ley General de
Considerando:
1º—Que el
Laboratorio Costarricense de Metrología (Lacomet)
órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, fue invitado como participante en el “Taller de
Termometría, como preparación para la íntercomparación
Carnet 2009-
2º—De conformidad con lo que
establece la “Ley del Sistema Nacional para
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Ignacio López Hernández, portador de la cédula
5-0174-0227, funcionario del Departamento de Metrología Física, de Lacomet, para participar en el “Taller de Termómetría, como preparación para la intercomparación Camet 2009-
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje, alimentación serán cubiertos por Physikalisch Technische Bundesanstalt (PTB) de Alemania y los gastos de transporte interno dentro del país visitado serán cancelados por Lacomet contra la presentación de las respectivas facturas
Artículo 3º—El funcionario devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 17 de febrero de 2009 y hasta el 20 de febrero del mismo año.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los dos días del mes de febrero del dos mil nueve.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 43449-LACOMET).—C-33770.—(12583).
Nº MCJ/131/08
Con fundamento en
el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que la señora Jody Deane Steiger Goodmen, representará a
2º—Que la participación de la señora Steiger en esta actividad Reunión responde a las funciones que realiza como funcionaria de este Ministerio. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Jody Deane Steiger Goodmen, pasaporte Nº 800780638, para que represente a
Artículo 2º—El Ministerio de
Cultura y Juventud, le cubrirá en el Programa 749-Actividades Centrales,
Subpartida 1.05.03-Transporte en el Exterior, los gastos de transporte
internacional por un monto de ¢.586.310,00
(quinientos ochenta y seis mil trescientos diez colones exactos) equivalentes a
$ 1.000 (mil dólares exactos) y en
Artículo 3º—Que durante los días
del 17 al 21 de setiembre de 2008, en que se autoriza la participación de la
señora Steiger Goodmen en
Artículo 4º—Rige del 17 al 21 de setiembre de 2008.
Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 11 días del mes de setiembre del 2008.
María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(Solicitud Nº 27590).—C-21770.—(12653).
Se hace constar que por escritura número ciento veinticuatro de las ocho horas del diecisiete del mes de febrero del dos mil nueve, en el tomo quinto del protocolo del notario Enrique Céspedes Salas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, que llevará por nombre el número de cédula que le asigne el Registro, cuyo capital es de ¢10.000,00, domiciliada en Curridabat, San José. Representante: gerente.—San José, 17 de febrero del 2009.—Lic. Kathya Navarro López, Notaria.—1 vez.—Nº 89588.—(13749).
El suscrito notario, Salvador Calderón Alvarado, hago constar que a las trece horas del trece de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Rentport Limitada, con capital de diez mil colones, plazo de noventa y nueve años a partir de la constitución. Dos gerentes con las facultades de apoderados generalísimos separadamente.—San José, trece de febrero dos mil nueve.—Lic. Salvador Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 89591.—(13750).
En esta Notaría por escritura número cuarenta y tres de las veinte horas del día treinta de enero del año dos mil nueve, Enmanuel Vargas Castro y Jennsy Jesús Vargas Sibaja, constituyen la sociedad anónima denominada EVC Vivarsa Sociedad Anónima. Presidente: Enmanuel Vargas Castro, ante la notaria Gioconda Homodeo Vindas.—Diecisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Giocoonda Homodeo Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 89595.—(13751).
El suscrito notario licenciado Francisco Javier Hernández Quirós, en mi calidad y con el fin de cumplir con el precepto de Ley y su publicación respectiva. Hago constar que en mi Notaría, protocolo número cinco, se constituyó la sociedad anónima denominada Wabe & Matamoros (W,M) S. A., mediante la escritura número veintidós-cinco en la cual comparece el señor Guillermo José Wabe Arce, quien es mayor de edad, casado una vez, administrador, vecino de San José, portador de la cédula de identidad número nueve-cero treinta y cuatro-seiscientos veintinueve.—Lic. Francisco Javier Hernández Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 89596.—(13752).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las 12:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad: Professianal Security Management S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 16 de febrero del 2009.—Lic. Alfonso José Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—Nº 89597.—(13753).
La suscrita notaria hace constar que ante mí al ser las once horas del catorce de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será el mismo número de cédula jurídica que le asigne el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Liberia. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: el comercio en general y otros. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Liberia, catorce de febrero del dos mil nueve.—Lic. Krissel Chacón Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 89608.—(13760).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas quince minutos del dieciséis de febrero del dos mil nueve, Jairo Uriel Aragón Prado, mayor, soltero, comerciante, cédula número ocho-cero ochenta y tres-ciento noventa y nueve, Ingrid Auxiliadora Loría Villegas, mayor, soltera, cédula número uno-ochocientos ochenta y ocho-novecientos veinticuatro, ambos vecinos de Guachipelín de Escazú, de Pavicen, cincuenta metros al norte, constituyen la sociedad denominada Motores Ilumina del Nuevo Milenio Sociedad Anónima, como nombre de fantasía. Con domicilio social en la provincia de San José, cantón central, distrito Catedral, propiamente en barrio San Cayetano, del parquecito ciento veinticinco metros al norte. Capital social: cien mil colones.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 89611.—(13761).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del dieciséis de febrero del dos mil nueve, Jairo Uriel Aragón Prado, mayor, soltero, comerciante, cédula número ocho-cero ochenta y tres-ciento noventa y nueve, Ingrid Auxiliadora Loría Villegas, mayor, soltera, cédula número uno -ochocientos ochenta y ocho-novecientos veinticuatro, ambos vecinos de Guachipelín de Escazú, de Pavicen, cincuenta metros al norte, constituyen la sociedad denominada Todo en Motores Siglo XXI Sociedad Anónima, como nombre de fantasía. Con domicilio social en la provincia de San José, cantón central, distrito Catedral, propiamente en barrio San Cayetano, del parquecito ciento veinticinco metros al norte. Capital social: cien mil colones.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 89612.—(13762).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas y diez minutos del dieciséis de febrero del dos mil nueve, Jairo Uriel Aragón Prado, mayor, soltero, comerciante, cédula número ocho-cero ochenta y tres-ciento noventa y nueve, Ingrid Auxiliadora Loría Villegas, mayor, soltera, cédula número uno-ochocientos ochenta y ocho-novecientos veinticuatro, ambos vecinos de Guachipelín de Escazú, de Pavicen, cincuenta metros al norte, constituyen la sociedad denominada Automotriz del Valle Sociedad Anónima, como nombre de fantasía. Con domicilio social en la provincia de San José, cantón Central, distrito Catedral, propiamente en barrio San Cayetano, del parquecito ciento veinticinco metros al norte. Capital social: cien mil colones.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 89613.—(13763).
La suscrita Notaria hace constar que con vista en la matriz, escritura número ciento ochenta y seis visible al folio ciento siete vuelto del tomo dos de mi protocolo, la reforma del pacto constitutivo de la compañía Almacenes Casa Mio Sociedad Anónima. Es todo, al ser nueve horas del cuatro de enero del dos mil nueve.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 89615.—(13764).
Protocolización acta asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía C&K Coactive S. A., en virtud de la cual se acordó revocar el nombramiento del señor José Luis López Sauma actual tesorero de la junta directiva y en su lugar hacer el nombramiento del nuevo tesorero de la junta directiva por el resto del plazo social, revocar el poder generalísimo otorgado al señor José Luis López Sauma y otorgar poder generalísimo sin limite de suma al señor Edward Gage Hotchkiss. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 11:15 horas del 12 de febrero del 2009.—Lic. Claudio Antonio Quirós Lara, Notario.—1 vez.—Nº 89616.—(13765).
En
el despacho de la notaria Nieves González Rivera, a las veinte horas del
catorce de octubre del dos mil ocho, los señores Argentina Mesén
Delgado, cédula número tres - cero uno nueve dos - cero siete cuatro ocho y
José Joaquín Araya Masís, cédula número tres - cero
dos uno seis - cero cuatro cero cero, constituyeron Grupo
Arames Sociedad Anónima, cuyo capital social es
por la suma de cien mil colones.—
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Napa de Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José a las quince horas del día dieciséis de febrero de dos mil nueve.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 89636.—(13773).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Soluciones Tecnológicas Live Designs Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José a las catorce horas del día cuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 89637.—(13774).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Inversiones Tecnológicas Vortice Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José a las dieciséis horas del día doce de febrero del dos mil nueve.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 89638.—(13775).
Por escritura número tres tomo segundo, otorgada el día veintiséis de julio de dos mil ocho, ante la notaria Seanny Jiménez Alfaro, se constituyó la sociedad Grupo Constructivo Mena Matus Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años, capital social debidamente suscrito y pagado, administrada por una junta directiva, donde el presidente ejerce la función de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de febrero del 2009.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 89640.—(13776).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del dos de febrero de dos mil nueve, se constituyó la empresa Blasar Soluciones Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Blasar Soluciones S. A., nombre de fantasía. Domicilio: Cartago. Objeto: El comercio, industria, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general y cualquier otra actividad legal. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Eliécer Marín Brenes.—Lic. Fernando Montero Piña, Notario.—1 vez.—Nº 89643.—(13777).
Que hoy se ha constituido la sociedad anónima Autorepuestos Guanacaste Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, veinticinco metros norte de Cable Tica, barrio San Miguel, representada por su presidente y vicepresidente Víctor Manuel Córdoba Cheves e Iris Vanessa Ríos Leiva. Ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Liberia, diez de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 89647.—(13778).
Que hoy se ha constituido la sociedad anónima Inversiones Briones y Dávila Sociedad Anónima, domiciliada en Irigaray de Liberia, Guanacaste, diagonal a la iglesia católica, representada por su presidente José Isabel Briones Pérez con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, trece de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 89648.—(13779).
Por escritura otorgada en mi Notaría a las ocho horas del día de hoy se constituyó la sociedad de esta plaza: Celumanía Sociedad Anónima. Capital: cuatrocientos cuarenta mil colones. Domicilio: San Francisco de Heredia. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, trece de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 89650.—(13780).
Por escritura número tres-doscientos, otorgada a las dieciséis horas veinte minutos del día dieciséis de febrero del año dos mil nueve, visible al folio ciento setenta y cinco frente del tomo tercero del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda, la sociedad Sade Investments Limitada, nombró apoderado generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, dieciséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 89652.—(13781).
Por escritura número tres-ciento noventa y nueve, otorgada a las dieciséis horas quince minutos del día dieciséis de febrero del año dos mil nueve, visible al folio ciento setenta y cuatro frente del tomo tercero del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda, la sociedad Alchip Investments Limitada, reformó sus cláusulas segunda y octava, nombró nuevo gerente y nombró apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, dieciséis de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 89653.—(13782).
Por escritura número ciento nueve otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día trece de febrero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Rutas Orientales Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma. Domicilio: San José, Pavas.—San José, trece de febrero de dos mil ocho.—Lic. Raúl A. Camacho Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 89656.—(13783).
Por escritura número doscientos treinta y dos otorgada ante mi Notaría, a las quince horas cuarenta minutos del trece de febrero de dos mil nueve, se constituyó la sociedad GMOGAB Tecno Sociedad Anónima. Representantes con facultades de apoderados generalísimos: presidente y secretaria. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 13 de febrero del 2009.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 89667.—(13792).
Mediante escritura otorgada ante este Notario a las 14:30 horas del 16 de enero del 2009, se constituye la sociedad Inver Autos B&M Sociedad Anónima, con domicilio en Barrio México, del Castros Bar, cien al norte veinticinco al oeste, taller Bemosa. Se elige junta directiva, conformada por su presidente: Henry Molina Vargas, vicepresidente: Esteban Bejarano Bazo, secretario: Alejandro Bejarano Castillo, tesorero: Alejandro Bejarano Bazo, fiscal: Shelly Weston Mora. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, tesorero apoderado general, todos con limitaciones y actuando conjuntamente el presidente y uno de los otros miembros de junta directiva.—Guanacaste, 4 de febrero del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 89668.—(13793).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Gihamel Sociedad Anónima, capital social veinte mil colones. Luis Demar Montero. Presidente.—Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—Nº 89669.—(13794).
Mediante escritura otorgada ante mí al ser las ocho horas del cinco de enero del dos mil nueve, se constituyó Seguridad y Vigilancia Global S. A.—San José, once de enero del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Alfaro Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 89670.—(13795).