Alcance Nº 3 a La Gaceta Nº 27
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
CIRCULAR DM-0861-01-07
Todos los centros
educativos privados del nivel de preescolar, primaria o secundaria que
pretenden que sus estudios posean reconocimiento oficial en el país, deberán
estar debidamente acreditados ante el Ministerio de Educación Pública, previo
cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico
aplicable, independientemente de la relación de naturaleza contractual que une
a los padres de familia con el centro educativo.
En virtud de lo anterior, se
informa a los centros educativos privados que toda solicitud de reconocimiento
de sus estudios del nivel de educación preescolar, primaria o secundaria que se
presente a partir del día siguiente a la publicación de esta circular, de ser
autorizada, surtirá efectos a partir del año 2008.
Asimismo, se comunica al
público en general y en especial a los padres de familia que optan por ingresar
a sus hijos al sistema de educación privada, que el Ministerio de Educación
Pública, en el ejercicio de sus potestades, para el presente año 2007, reconoce
los estudios que se realicen en los siguientes centros educativos privados:
AGUIRRE
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Ángeles de Luz,
Centro Educativo Bilingüe Preesc.
I, II Res.
CP-33-05-MEP
Escuela Bilingüe
Inmaculada de Jacó, Centro Educativo Inmaculada de Jacó Preesc. I, II, III, Ed. Div. Preesc. I
y II Dec.
Ej 25900-97-MEP III y
Ed.
Div. CP-44-02-MEP
Escuela Bilingue Las
Nubes Preesc.
I, II Dec.
Ej. 30534-02-MEP
Escuela Privada de
Quepos Preesc.
I, II C.S.E.
sesión 67-88, 20/9/88
Colegio Ecoturístico del
Pacífico III,
Ed. Div. Res.
CP-053-02-MEP
ALAJUELA
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Academia de la
Tecnología Moderna Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 29844-01-MEP
ADC (Atenas Day Care)
Monte Sur Preesc. Res.
CP-31-05-MEP
Atenas Preescolar
Escuela Colina Azul Preesc.
I, II Preesc. I,
Dec. Ej. 25900-97-
MEP II, Res. CP-03-05- MEP
Centro Educativo
Bilingüe San Juan Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo
Bilingue Santa Josefina Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 30531-02- MEP
Centro de Educación
Preescolar El Trencito A.B.C. Preesc. Res.
CP-007-03 MEP
Centro Educativo ABC
(Educational Center ABC) Preesc.
I, II Dec.
Ej. 30518-02-MEP
Centro Educativo CEDIN
(Ctro Educativo El Divino Niño) Preesc.
I, II Res.
CP-67-02-MEP
Centro Educativo de
Formación Cristiana Luz del Mundo Preesc.
I, II Res.
CP-060-04-MEP
Centro Educativo East Side High School y Ctro
Educativo Bri-Bri Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II C.S.E sesión 1491,
6/2/91
III, Ed. Div. Dec.
Ej. 30519-02-MEP
Centro Educativo
Horizontes (CEDHORI) Preesc.
I, II Preesc. Res. CP-081-02-MEP
I, II CP-068-02-MEP
Centro Educativo La
Trinidad Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo
Preescolar Burbujitas de Paz Preesc. C.S.E.
sesión 85-92, 19/11/92
Centro Educativo San
Agustín Preesc.
I, II Dec.
Ej. 30016-01-MEP
Centro Educativo San
Diego Preesc.
L, II,
III, Ed. Div. Preesc.
I, II, III Dec
Ej. 25900-97-MEP
Ed. Div. CP-09-05-MEP
Centro Educativo San
Fernando Preesc.
I, II Res.
CP-049-04-MEP
Centro Educativo Santa
Isabel Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Santo
Domingo School Preesc.
I, II Res.
CP-49-02-MEP
Centro Educativo Valle
Verde de Atenas (Atenas Green Valley)
/Coleg. Vista Atenas High School Preesc.
I, II, III,Ed.Div. Preesc. Dec. Ej. 25900-97-MEP I,
II
Dec. Ej. 30504-02-MEP
III
Res. CP-057-04-MEP
Ed.
Div. Res. CP-004-07-MEP
Centro Educativo Villa
Azul Preesc.
I, II, III C.S.E.
sesión 68-92, 10/09/92
Centro Educativo y
Artístico Crearte Preesc. Res.
CP-020-03-MEP
Centro Educativo Yure
Alajuela Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Formativo Nuevo
Milenio y Jardín de Niños Cri Cri Preesc.
L, II,
III, Ed. Div. Preesc.
I, II y III Dec.
Ej. 25900-97-MEP Ed. Div.
Dec.
Ej. 30015-01-MEP
Colegio Bilingüe Santa
Fe
Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Laboratorio
Técnico Científico LATEC I,
II, III, Ed. Div. I,
II, III, Ed. Div.
Res.
CP-22-05-MEP
Colegio Ma. Inmaculada
de Grecia Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc.
C.S.E. acuerdo 79-87,
27/10/87
I, II C. S. E.
acuerdo 122-63, 8/02/63,
7°:
Acta 16, 8/3/62,
8°:
Acta 122, 7/2/63,
9°:
Acta 1864 24/2/64,
10°:
Acta 39-3965 23/4/ 65,
11°:
Acta 0466, 10/1/66
Colegio Marista Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio San Rafael III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 30335-02-MEP
Colegio Santa Teresa Prees.
III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97
MEP.Prees.Res.CP
029-06-MEP
Escuela Autum Miller e
Instituto Centroamericano Adventista Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc.
C.S.E. sesión 120-84,
22/11/84
I y II C.S.E.
sesión 51-72, 02/05/72
III
y Ed.Div.C.S.E.
sesión 139-72, 21/11/72
Escuela El Castillo Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela San Gerardo e
Instituto Educativo San Gerardo Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej:
25900-97-MEP III, Ed. Div.
Dec.
Ej. 30172-02-MEP
Guardería San Lázaro Preesc. Res.
CP-15-05-MEP
ALAJUELA
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Instituto
AI Abraham Preesc.
I, II Res.
CP-027-06 MEP
Instituto Científico San
Marcos Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 29777-01-MEP
Instituto Cristiano La
Palabra de Vida I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 30528-02-MEP
Instituto Montessori San
Pedro de Poás. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 29710-01-MEP
Instituto Pedagógico
Caminantes I,
II, III, Ed. Div. Res.
CP-17-05-MEP
Instituto Preescolar del
Río Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños
Estrellita Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños San
Alfonso Preesc. Res.
CP-022-06-MEP
Jardín de Niños Sueños
Infantiles Preesc. Res. CP-058-02-MEP
Saint John Vianney Centro Educativo Preesc. I, II Res.
CP-01-05-MEP
Saint Paul Primary School, Saint Paul College Preesc. I, II, III, Ed.
Div. Dec. Ej: 25900-97-MEP
Cambio
de nombre:
DEPDOC-1147-05
Sistema Educativo Santa
Fe Pacific Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
CAÑAS
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro Educativo
Eulogio López Obando Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I y
II Dec
Ej.
25900-97-MEP III y
Ed.
Div. Res. CP-10-02-MEP
Centro Educativo La
Estrellita Abangareña Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela CEMPA Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Instituto Educativo San Jorge Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños Tilarán Preesc.
I, II Res.
CP-039-03-MEP
CARTAGO
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Casa de los Niños
Montessori El Carmen Preesc. Res.
CP-44-05-MEP
Centro Educativo
Adventista de Cartago Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo
Bilingüe Jardín del Valle Preesc.
I, II Preesc. Dec. Ej.
25900-97-MEP
I, II Dec. Ej. 30169-02-MEP
Centro Educativo
Bilingüe María Auxiliadora
Preesc. Dec.
Ej. 30513-02-MEP
Centro Educativo IBINA Preesc.
I, II Dec.
Ej. 30008-01-MEP
Centro Educativo Saint Josselin Day School and
College Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II Dec.
Ej. 30054-02-MEP III, Ed.
Div.
Res. CP-047-04-MEP
Centro Educativo San Felipe Nery Preesc. I,
II Dec.
Ej. 30017-01-MEP
Centro Infantil Renzo Zingone Preesc. Dec. Ej. 25900-97-MEP
Colegio Bilingüe Jorge
Volio Jiménez III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Cambio
de nombre:
DECDOP-1367-04
Colegio del Sagrado
Corazón de Jesús III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Cambio
de nombre:
DECDOP-928-05
Colegio Miravalle
Bilingüe Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I: Dec Ej.
25900-97-MEP,
II,
Dec. Ej. 30509-02-MEP
III,
Ed.Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Vocacional de
Artes y Oficios Diurno (COVAO) III,
Ed. Div. III,
Ed. Div. Acta 51,
22/07/51
Esp. Técnica,
C.S.E.
Sesión 11-87,
10/02/87.
Se declaró de
interés nacional Ley 4609
14/08/70
Colegio Vocacional de
Artes y Oficios Noct. (COVAO) III,
Ed. Div. Se
declaró de interés
nacional mediante la
Ley
4609 14/08/70
Complejo Educativo Básico
de Innovación Tecnología y Talento (CEBITT) III,
Ed. Div. Res.
CP-1016-03-MEP
Cambio
de nombre:
Res.
CP-065-04-MEP
Escuela Bilingüe del
Sagrado Corazón de Jesús I,
II Res.
CP-074-02-MEP
Escuela Bilingüe
Sonny-Colegio Bilingüe Sonny S.A. CBC Preesc.
I, II, III, Ed.Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
III,Ed.Div.
Res.CP-019-06-MEP
Escuela Bilingüe Villa
Paraíso Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Conservatorio
Vida Preesc.
I, II Res.
CP-054-05-MEP
Escuela Jardín de Niños
Antoniano
(Kids Garden Antoniano School) Preesc. I, II Dec.
Ej. 29715-01-MEP
Escuela Laboratorio
Bilingüe Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Cambio
de nombre:
DECDOP-3338-02
Escuela María Montessori Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Talárke Preesc. I, II Res.
CP-24-02-MEP
Guardería y Centro
Educativo Semillitas Preesc. Dec.
Ej. 30018-01-MEP
Jardín de Niños Club
Felíz (Happy Club) Preesc. Dec.
Ej: 30525-02-MEP
Jardín de Niños Mi
Casita Preesc. Dec. Ej.
30514-02-MEP
Marian Baker School Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Saint Edward School (Primaria),
San Eduardo Sistema Educativo Bilingüe
(Saint Edward´s Bilingual Educational System) (Secund.) Preesc. I, II, III, Ed. Div. Preesc. I y II
Dec.
Ej. 25 900-97-MEP III
Res.
CP-063-04-MEP
Ed. Div. Res.
CP-008-06-MEP
Seminario Menor, San
Francisco (Colegio Seráfico San Francisco) III,
Ed. Div. III,
C.S.E. sesión 276-64,
31/03/64,
Ed. Div:
sesión 926-68 del 13-11-67
Sistema Educativo
Bilingüe Virgen del Pilar Preesc.I,
II Res.
C.P.-77-02-MEP
Res.
CP- 014-07
COTO
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Colegio Latino III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Madre del Divino
Pastor de Corredores Preesc.
I, II,
III, Ed. Div. Res.
CP-051-02-MEP
Escuela Adventista de
Paso Canoas Preesc.
I, II C.S.E.
sesión 120-84, 22/11/84
Escuela Metodista
Pacífico Sur Golfito 2006 I,II CP-015-07
Kennedy Bilingual School I,
II Res.
CP-047-05-MEP
DESAMPARADOS
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro Educativo
Bilingüe Llama del Bosque Preesc.
I, II Res.
CP-076-02-MEP
Centro Educativo
Bilingüe San Esteban y Jardín de Niños Travesuras Preesc. I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo
Bilingüe Virgen de Fátima Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo del Niño
Jesús y Jardín de Niños Ilusiones Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Deseret Grade School Preesc. I Res.
C.P.-011-07
Complejo Educativo El
Yaqui Preesc.
I, II Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Hosanna Preesc. I,
II Dec.
Ej. 032-01-MEP
Centro Educativo Integral Bilingüe Sateblok Preesc. I, II Res.
CP-045-02-MEP
Centro Educativo Lluvia
de Oro
Preesc. Res.
CP-46-02-MEP
Centro Educativo Madelene Medford Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo San
Luis de Tolosa
Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo San
Miguel Arcángel, Jardín de Niños Tío Conejo Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc.
C.S.E. sesión
137-81,
05/10/81
I,
II, III y Ed. Div.:
Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Virgen
de Guadalupe Preesc.
I, II C.S.E.
sesión 99-91, 11/12/91
Colegio Bilingüe Boca
del Monte III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 30505-02-MEP
Colegio Nuestra Señora
de Desamparados Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Corporación Educativa
Santa María Preesc.
I, II Preesc. I,
Dec. Ej.
25900-97-MEP II,
Res.
CP-045-05 MEP
Escuela Cristiana
Asamblea de Dios (Los Guido) Preesc.
I, II Res.
CP-022-02-MEP
Escuela Cristiana
Asambleas de Dios (Linda Vista) Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Cristiana
Asambleas de Dios (Torremolinos) Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Misionera
Católica Reina de Paz Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Monte Esperanza Preesc.
I, II Dec.
Ej. 30526-02-MEP
Escuela Primaria Bendito
Jesús, Kinder Garden
El Querubín, Sistema
Educativo Bendito Jesús Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I y
II: Dec
Ej.
25900-97-MEP III y
Ed.
Div. Res. CP-38-05-MEP
Sunshine South School, ( Escuela Rayo de Luz del Sur) Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Cambio
de nombre:
DECDOP-1100-05
Escuela y Jardín de
Niños Virgen María del Milagro Preesc.
I, II C.S.E.
sesión 87-92, 25/11/92
Guardería y Jardín de
Niños Miguel Esteban Preesc. C.S.E.
sesión 44-91, 27/05/91
Instituto Científico
Bilingüe del Sur Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños La
Casita Feliz Preesc. Res.
CP-010-06-MEP
Jardín de Niños Manitas
Activas Preesc. Dec.
Ej. 29786-01-MEP
Jardín de Niños y Niñas
Estrellitas Luminosas Preesc. Res.
CP-13-02-MEP
Kinder El Higueroncito Preesc.
I Res.
CP-16-05-MEP
Sistema Educativo Santa
Marta Preesc. Res.
CP-043-02-MEP
GUÁPILES
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro Educativo
Adventista Peniel Preesc.
I, II Res.
C.P-06-05-MEP
Centro Educativo
Bilingüe del Caribe Preescolar,
I, II C.
P. 016-07
Centro Educativo Green
Valley Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 2984-01-MEP
Centro Educativo Pococí
y Jardín de Niños La Ardillita Felíz Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Rayitos
de Sol, Valle del Sol Escuela Preesc.
I, II, III, Ed. Div Prees. I,II,
Res. CP-6-02-MEP
III,
Ed. Div. Res.
CDP-014-06-MEP
Colegio Atlántico
(Atlantic Collage) III,
Ed. Div. Res.
CP-19-02-MEP
Colegio Bilingüe San
Francisco de Asís Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Res.
CP-027-02-MEP,
III,
Ed.
Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Conservatorio Sociedad
Agustina Preesc.
I, II Preesc. CP-038-02-MEP I, II
CP-11-04-MEP
HEREDIA
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Casa de Niños
Montessori Getsemaní Preesc. Res.
CP-016-02-MEP
Casa de Niños San
Lorenzo, Centro Educativo Shkénuk Preesc.
I, II Preesc. Res. CP-69-03-MEP
I, II Res. CP-21-05-MEP
Centro Académico Mi
Ángel de la Guarda Preesc. Res.
CP-026-03-MEP
Centro Académico Santa
Rosa Preesc.
L, ll Preesc.
C.S.E. sesión 64-86,
30/09/86
I y II ciclo:
Res.
C.P.-041-03-MEP
Centro de Formación
Integral del Niño Preescolar Preesc. C.S.E.
sesión 87-87, 3/12/87
Centro de Atención
Integral de Niños y Niñas Triunfadores Preesc.
I, II C.P
- 017-07 MEP
Centro Educativo Bilingüe Isaac Phillipe y Preesc. Bilingüe
Little Birds Preesc.
I, II Preesc.
Dec. Ej. 032-03-MEP
I,
II Res. CP-033-03-MEP
Centro Educativo
Bilingüe Nuestra Señora de Lourdes (Barva) Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Bilingüe
Tierra de Juegos de los Niños
(Kid´s Playland), Westland School Colegio
Bilingüe Preesc. I,
II Preesc.
Res. CP-001-03-MEP
I y II Res. CP-035-05-MEP
Centro Educativo Cima de
Horizontes Primaria Bilingüe I,
II Dec.
Ej. 30507-02-MEP
Centro Educativo Divino
Niño Preesc.
I, II Dec.
Ej. 30536-02-MEP
Centro Educativo El Sol
Naciente Preesc. Res.
CP. 021 – 06-MEP
Centro Educativo Gandhi I,
II Res.
CP. 031 – 06-MEP
Centro Educativo Mi
Nuevo Mundo Preesc. Dec.
Ej. 29784-01-MEP
Centro Educativo Mundo
Maravilloso Preesc. C.S.E.
sesión 22-91, 07/03/91
Centro Educativo Mundo
Unido Preesc.
I, II Dec.
Ej. 29440-01-MEP
Centro Educativo Niños
de Formación Pedagógica NFP Preesc. Dec.
Ej. 29709-01-MEP
Centro Educativo Nuestra
Señora de la Paz Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP III,
Ed.
Div. Dec. Ej. 30522-02-MEP
Centro Educativo Nuestra
Señora de Lourdes (Sto Domingo) Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I, II C.S.E sesión
38-91,
02/05/91 III,
Ed.
Div. Res. CP-008-02-MEP
Centro Educativo Nueva
Generación “El Copey” (Jardín de Niños y Niñas) Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. Res. CP-07-05-MEP
I, II Dec. Ej. 30502-02-MEP III,
Ed. Div. Dec. Ej. 011-01-MEP
Centro Educativo Pará Preesc.
I, II Preesc.
CP-008-03-MEP
I y II,
CP-053-04-MEP
HEREDIA
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro
Educativo S.B. Santa Bárbara I,
II Res.
CP-012-03-MEP
Centro Educativo San
Ezequiel Moreno Preesc.
I, II Res.
CP-20-05-MEP
Centro Educativo San
Felipe y Jardín Infantil Las Ardillas Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Santa
María Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Santa
Rosa de Lima Preesc. Dec.
Ej. 30334-02-MEP
Centro Educativo
Universitario para Niños y Adolescentes Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Infantil Carmen
Lyra Preesc. C.S.E.
sesión 20-88, 15/3/88
Centro Infantil Valle
Dorado ( isell Valley) Preesc.
I Preesc. Dec. Ej.
29783-01-MEP
I,
Res. CP-12-05-MEP
Centro Infantil Zona
Franca Metro Preesc. Dec.
Ej. 29841-01-MEP
Centro Preescolar
Manitas Creativas /
Escuela Primaria Puente
Verde (Green Bridge School) Preesc.
I, II Preesc. Dec. Ej.
29775-01-MEP
I, II Res. CP-025-05-MEP
Colegio Benjamín
Franklin III,
Ed. Div. Res.
CP-012-02-MEP
Colegio Bilingüe Nueva
Esperanza y Escuela Bilingüe Nueva Esperanza Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP III, Ed. Div.
Res. CP-70-02 MEP
Colegio Bilingüe Santa
Cecilia Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Bilingüe Sarapiquí
(Esc) Colegio Sarapiquí (Sec) Preesc.
I, II,
III, Ed. Div. Preesc,I y II Res.
CP-082-03-MEP
III, Ed.
Div.
Res. CP-41-05-MEP
Colegio Católico Nuestra
Señora de Guadalupe I,
II, III Res.
C.P. 003- 07 MEP
Colegio Claretiano III,
Ed. Div. III,
10º año C.S.E.
sesión 18-62, 08/03/62
11º
año C.S.E.
sesión 120-63, 08/02/63
Colegio Deportivo Santo
Domingo de Heredia III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 29438-01-MEP
Colegio Europeo Preesc.
I, II, III, Ed. Div.
Bach.
Internacional Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Humanista
Bilingüe del Monte,
Escuela Bilingüe del
Monte,
Jardín de Niños La
Casita del Monte Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc.
Dec. Ej.
25-900-97-MEP
Cambio
de nombre
DECDOP-1131-05,
I,
II Dec. Ej.
25-900-97-MEP,
III,
Ed. Div. Res.
CP-014-02-MEP
Colegio La Gran
Esperanza Internacional Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio María
Auxiliadora III,
Ed. Div. C.S.E.
sesión 20-50, 04/04/50
Colegio Santa Margarita Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Santa María de
Guadalupe III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Vilaseca III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Yurusti, Centro
Educativo Yurusti y Jardín de Niños Bambi Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc.
C.S.E.
sesión 120-84, 22/11/84,
I,
II, C.S.E. sesión
92-90,
12/12/90
III
y Ed. Div. Dec.
Ej.
29437-01-MEP
Comunidad Educativa Los
Ángeles Preesc.
I, II Dec.
Ej. 30168-02-MEP
Escuela Académica de
Costa Rica (C.R. Academy). Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Aracelly
Rodríguez, Kinder Pepe Grillo Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Santa
Inés y Jardín de Niños El Osito Cariñoso Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc.
C.S.E.
sesión 80-87, 03/10/87
I,
II, III y Ed. Div,
Dec.
Ej. 25900-97-MEP.
Cambio
de nombre
DECDOP1615-06
Escuela Josefina Sagrada
Familia Preesc.
I, II Dec.
Ej. 30524-02-MEP
Centro Educ Por Siempre
Niños Preesc. Preesc. Res. CP-085-02-MEP
Escuela San Nicolás de Flue (Saint Nicholas of
Flue) Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II Dec.
Ej. 29717-01-MEP III,
Ed.
Div.. Res CP-019-03-MEP
Escuelas Internacionales
Cristianas Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Greenfield School Preesc. Res.
CP-061-04-MEP
Instituto Educativo A,B,C Preesc.
I, II Preesc. CP-006-04- MEP
I,
II Res. CP-062-04-MEP
Instituto Educativo
Villa Feliz Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Instituto Montealto Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Instituto Preescolar
Bilingüe Froggies Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Instituto Trópico Húmedo I,
II, III, Ed. Div. Res.
CP-059-04-MEP
Jardín de Niños Los
Abejoncitos Preesc. C.S.E.
sesión 11-86, 11/03/86
Jardín de Niños Rayitos
de Sol Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Kínder Ecológico La Boca
del Monte Preesc. Res.
CP-028-06-MEP
Niño Jesús de Belén, Centro
Educativo Preesc.
I, II Res.
CP-30-05-MEP
Pasos de Juventud Centro
Educativo Preesc.
I, II Res.
CP-36-05-MEP
Preescolar Sonrisas Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Sistema Educativo San
Isidro Labrador Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Cambio
de nombre
DECDOP-1330-04
Taller Pedagógico
Montebella y Jardín Infantil Mi Tallercito Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Zorek, Centro Educativo Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. C.S.E.
sesión 13-88, 16/02/88
I
y II Dec. Ej. 045-02-MEP
III
y Ed. Div.
CP-24-05-MEP
Cambio
de nombre:
DECDOP-047-06
LIBERIA
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Académia Teocali Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900- 97-MEP
Centro Educativo
Adventista iselle de Guayabo Gte. Preesc. I, II Res.
CP-014-03-MEP
Centro Educativo Kinder
ATL-OLLIN Preesc. Res.
C.P.029-03-MEP
Colegio Santa Ana Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Ebenezer Centro
Educativo Adventista Preesc.
I, II Dec.
Ej. 29837-01-MEP
Escuela Bilingüe Ciudad
Blanca Preesc.
I, II Dec.
Ej. 30530-02-MEP
Escuelas Internacionales
Cristianas III,
Ed. Div. Res.
CP-003-06-MEP
LIBERIA
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Jardín de Niños La
Semilla del Saber Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños Las
Ardillitas Preesc. C.S.E.
sesión 16-86, 15/04/86
Jardín de Niños Manitas
Traviesas
Centro Educativo CENIT Preesc. I,
II Preesc.
Res. CP-80-03-MEP I,
Res. CP. 051-05-MEP II
Res.
CP-010-07-MEP
LIMÓN
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Atlantic College Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
traslado DECDOP-082-07
Centro Educativo
Adventista de Limón Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II, III C.S.E
sesión 120-84 22/11/84
Ed.
Div. Dec. Ej. 30506-02-MEP
Centro Educativo Bandeco Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II C.S.E.
sesión 33-73, 20/3/73
Cambio
de nombre C.S.E.
sesión 83-89, 28/11/89
III
y Ed. Div. Dec.
Ej.
25900-97-MEP
Centro Educativo
Bautista I,
II Res.
C.P. 006 –07 MEP
Centro Educativo
Bilingüe de Siquirres Preesc.
I, II Res.
C P-82-02- MEP
Centro Educativo
Bilingüe del Caribe Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Cambio de nombre
DECDOP-432-03
Centro Educativo
Maranatha (Preesc.) Centro Educativo Bilingüe Maranatha Preesc. I Preesc. Dec. Ej. 042-02-MEP
I,
Res.
CP-004-05-MEP
Centro Educativo Gilande Preesc. I, II, III, Ed.
Div. Res. CP-028-02-MEP
Centro Educativo María
Inmaculada Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. Res. CP-052-04-MEP
I, II, III, Ed. Div.
Dec. Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Playa
Chiquita Punta Uva I,
II I,
II Res. C.P.-017-02-MEP
Centro Educativo San
Marcos Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Cristiana
Asambleas de Dios I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela y Colegio
Complementaria Cahuita Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP III,
Ed.
Div. Res. CP-055-02-MEP
Instituto Pedagógico
Bambi Preesc.
I, II Preesc. Dec. Ej.
25900-97-MEP
I, II Res. CP-023-03-MEP
Instituto Pedagógico
Sagrada Familia, Centro Educativo Preescolar La Sirenita Preesc. I, II Prees.:
Res. C.P.-048-02-MEP
I
y II Ciclo: Res. C.P.-060-02-MEP
Sistema Educativo del
Bosque Lluvioso III,
Ed. Div. Res.
CP-26-05-MEP
NICOYA
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro Educativo Católico
San Ambrosio Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP,
III,
Ed. Div. Res.
C.P. 002 – 07 -MEP
Centro Educativo EUPI Preesc.
I, II,III y Ed.Div. Preesc. I, II, Dec.
Ej. 25900-97-MEP,
III y Ed. Div. Res.
CP-020-06-MEP
PÉREZ ZELEDÓN
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro Educativo
Fray Felipe Preesc. Res.
CP-002-03-MEP
Centro Educativo Pindeco Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc.
C.S.E.
sesión 87-87, 03/12/87
I
y II C.S.E. sesión 88-84,
04/11/84
III y Ed. Div.
C.S.E.
sesión 73-89, 03/10/89
Escuela Dúrika I,
II C.S.E
sesión 28-92 28/04/ 92
Escuela y Colegio del
Valle Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela y Colegio La
Asunción Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños La
Casita de la Pradera Preesc. C.S.E
sesión 88-88, 24/11/88
PUNTARENAS
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro de
Atención Formativa y Recreativa Antonio José Obando Chan Preesc. I, II, III,Ed.Div. Preesc. I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
III,
Res. CP-29-05-MEP,
Ed.Div.
CP 016-06-MEP
Centro de Educación
Creativa Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 29774-01-MEP
Centro Educativo
Adventista de Monteverde I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo de
Cóbano Las Ardillitas Preesc.
I, II Preesc. Dec.
Ej. 036-01-MEP
I, II Res. CP-004-03-MEP
Centro Educativo La
Estrellita Oromontana Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo
Manantial de Vida Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Laboratorio del
C.U.P. III,
Ed. Div. C.S.E.
sesión 15-92, 25/2/92
Cambio
de nombre:
DECDOP-1242-05
Colegio Monserrat III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Santa Sofía I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 30005-01-MEP
Escuela Cristiana
Asamblea de Dios. (Barranca) Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Americana San
Patricio Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela de los Amigos de
Monteverde (Monteverde Friends School) Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej.: 30333-02-MEP
Escuela Nuestra Señora
de Sión-Centro Educativo Católico Nuestra Señora de Sión Preesc. I, II,III Dec.
Ej. 25900-97-MEP
III,
CP-012-07
Hermosa Valley School
(Valle Hermosa Escuela) I,
II Res.
C.P.-14-05-MEP
Primaria y Colegio
Santic Spiritus (Santic Spiritus High School) Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I, II Dec
Ej. 25900-97-MEP III,
Ed. Div. Dec Ej. 30339-02-MEP
PURISCAL
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro Educativo
Santa María Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Bilingüe Naciones
Unidas y Centro Educativo Nuestra Señora del Carmen Preesc. I, II, III, Ed. Div. Preesc. I, II Dec
Ej. 25900-97-MEP III, Ed.
Div. Res. C.P.-010-03-MEP
SAN CARLOS
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro Educativo
Bosque Verde, Green Forest School (secundaria) Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 30332-02-MEP III,
Res.
CP-05-05-MEP
Ed.
Div. Res. CP.008 – 07 MEP
Centro Educativo
Estrellitas Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo San
Francisco de Asís Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP.
III,
Ed. Div. Res 037-03
Colegio Agropecuario de
San Carlos III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Ma. Inmaculada
de Ciudad Quesada I,
II, III, Ed. Div. C.S.E.
sesión 03-58, 13/01/58
Colegio Metodista I,II Res.
CP-024-06-MEP
Escuela Montessori Mundo
de Niños Preesc. Dec.
Ej. 30510-02-MEP
Instituto Educativo de
Formación Integral Montecarlo. Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II Dec.
Ej.25900-97-MEP
III,
Ed. Div. Res.
CP-018-03-MEP
Instituto Educativo San
Isidro Preesc.
I, II Preesc. Res. CP-056-02-MEP
I, II Dec. Ej. 30523-02-MEP
SAN JOSÉ
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Academia
Cristiana Libertad Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Angel High School III,
Ed. Div. Res.
CP-048-04-MEP
Braulio C. ROEL Escuela
Ecológica Preesc.
I, II Res.
CP-045-05-MEP
Centro Bilingüe Infantil
Mundo Nuevo Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro de Educación
Integral San Jorge CEISJSA Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. CSE
sesión 87-85 10/10/85
I,
II, C.S.E sesión 74-87
6/10/87
III y
Cambio
de nombre:
DM-1754-97-MEP,
Ed.
Div. Res. CP. 007-06-MEP
Centro de Educación
Interactiva III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro de Formación
Infantil del Grupo ICE Preesc. Res.
CP-013-06-MEP
Centro de Innovación
Educativa
III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Ábaco Preesc.
I, II Res.
CP-72-03-MEP
Centro Educativo
Adventista de Costa Rica (Hatillo) Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Bethaba Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Cambio de nombre:
DECDOP-942-02
Centro Educativo
Bilingüe Amadita Rojas y
Colegio Bilingüe Enrique
Malavassi Vargas Preesc.
I,II,III y Ed.Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo
Bilingüe Sabiduría Preesc. Dec. Ej.
30337-02-MEP
Centro Educativo Bilingue Saint Patrick School Preesc. I,
II Dec.
Ej. 30503-02-MEP
Centro Educativo Campestre Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
III
y Ed. Div.
Dec
Ej. 30338-02-MEP
Centro Educativo
Cristiano Oasis de Esperanza Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo
Cristiano Reformado y Kinder Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Prees. I,
II III Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Ed.
Div. Res. CP-02-05-MEP
Centro Educativo
Cristiano Vida Abundante (Costa Rica Christian School) Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II, Dec.
Ej. 30340-02-MEP III, Ed. Div,
Res.
CP-004-06-MEP
Centro Educativo de
Desarrollo Integral Bilingüe (CEDI) Preesc. Res.
CP-083-03-MEP
Centro Educativo
Delfines Azules Preesc. Res.
C.P. 030 – 06- MEP
Centro Educativo El
Carmelo Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo El
Principito Preesc.
I, II Preesc. Res. CP-44-04-MEP
I y II Res. CP-37-05-MEP
Centro Educativo
Empleados del Grupo La Nación Preesc. Res. CP-050-02-MEP
Centro Educativo Franz Liszt School and Kiwi
Learning Centre Preesc. I, II Res.
CP-40-05-MEP
Centro Educativo Graymar Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II y III Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Ed.Div.
Dec. Ej. 30171-02-MEP
Centro Educativo
Horizonte 2000 Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 30500-02-MEP III,
Ed. Div. Res. CP-025-03-MEP
Centro Educativo
Integral SEM (CEISEM) Preesc.
I, II Res.
CP-66-02-MEP
Centro Educativo Las Américas
(primaria)
Colegio Las Américas
(Secundaria) Jardín de Infantes Colibrí (Preesc.) Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
C.S.E. sesión 11-87,
10/2/87
I,II, III, Ed, Div.
Dec. Ej. 25900-97-MEP.
Cambio
de nombre:
DECDOP-1518-05
Centro Educativo Metro y
Medio Preesc.
I, II Res.
CP-23-05-MEP
Centro Educativo Mi
Patria Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. Dec. Ej.
25900-97-MEP
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 30521-02, 3/7/02
Centro Educativo Nuestra
Señora de Fátima Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Nuevos
Horizontes Escolares y Jardín Infantil Conejito Saltarín Preesc. I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Saint John Vianney Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Saint Valentine Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II, III Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Ed.
Div. Res. CP-011-02-MEP
Centro Educativo San
Angelo Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Santa
Lucía Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Santa
Rita Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
III,
Ed. Div. Res.
CP-009-06-MEP
SAN JOSÉ
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro
Educativo SEINAL (Sec. Integral Alternativa) y
Escuela de Educación
Integral Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP III,
Ed. Div. Res. CP-015-03-MEP
Centro Educativo Un
Oasis de Amor –Centro Educativo Génesis Christiam School Preesc. I, II,III Res.
CP-84-03-MEP
Res.Cp.013-07-MEP
Centro Infantil Benjamín Preesc. Res.
CP-21-02-MEP
Centro Infantil del
Instituto Nacional de Aprendizaje (CIINA) Preesc. C.S.E.
sesión 21-90, 27/3/90
Centro Infantil del
Poder Judicial Preesc. Res.
CP-050-04-MEP
Centro Infantil La
Cabaña Feliz Preesc. Dec.
Ej. 30533-02-MEP
Centro Infantil La
Divina Providencia Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Pedagógico Kenely
de Colores Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Preescolar ABC Preesc. C.S.E
sesión 88-88, 24/11/88
Centro Preescolar San
Agustín Preesc. C.S.E
sesión-91-90, 11/12/90
Centro Psicopedagógico
Crayolas Preesc. C.S.E
sesión Nº 68-87, 11/08/87
Colegio Angloamericano y
Escuela Angloamericana Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Bilingüe del
Valle III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Bilingüe
Internacional III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Bilingüe La
Sabana Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Británico de Costa Rica Preesc.
I, II, III, Ed. Div.
Bach. Internacional Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Calasanz
Hispanocostarricense Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Cambio de nombre:
DECDOP-1386-04
Colegio Calasanz
Nocturno III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Científico
Bilingüe Sagrada Reina de los Ángeles Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Cristiano
Asambleas de Dios (Zapote) Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Cristiano
Asambleas de Dios ACAD (Los Cuadros) Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I, II, III
Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Ed.
Div. Res. CP-39-05-MEP
Colegio Ecológico
Bilingüe San Martín III,
Ed. Div. Res.
CP-031-03-MEP
Colegio El Rosario Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Humboldt Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Internacional
Canadiense Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Internacional
SEK-Costa Rica Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec Ej.
25900-97-MEP
Cambio
de nombre:
Dec
Ej. 32736-05-MEP
Colegio Internacional
S.O.S. Herman Gmeiner C.R. III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Iribó y Preescolar
Los Olmos Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Isaac Martín,
Inst. de Psicopedag. Integral
(Esc) Inst. de Psicopedag. Integral Aprender para Crecer (Kinder) Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio La Salle Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Lincoln School Preesc. I,
II, III, Ed. Div.
Bach. Internacional Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Los Ángeles Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Madre del Divino
Pastor Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio María
Auxiliadora I,
II, III, Ed. Div. I,
II C.S.E. sesión 90-45,
28/04/45
III, Ed.Div.
C.S.E.
sesión 140-44, 10/11/44
Colegio María Inmaculada
de Moravia Preesc.
I, II,
III, Ed. Div. Prees.y Iº año: C.S.E.
sesión 40-65, 26/04/65,
2º
año: C.S.E. sesión 20-66,
21/02/66
3º año a 7º año:
C.S.E.
sesión 32-67,
16/03/67
8º año: C.S.E.
sesión 29-68, 08/03/68
9º
año: C.S.E. sesión 26-69,
16-03-69
10º año: C.S.E.
sesión 31-71, 16/03/71
11º
año: C.S.E.
sesión 90-72, 31/07/72
Colegio Metodista Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Mont Berkeley
Internacional de Costa Rica Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Monterrey Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Nuestra Señora
de Sión Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. C.S.E. 65-89,
5/9/89
I, II, Acta 25-55,
15/4/55 III, Ed. Div.
Acuerdo
139-44
Colegio Nuestra Señora
del Pilar Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Nuevo Mundo I,
II, III, Ed. Div. Res.
CP-005-02-MEP
Colegio Panamericano I,
II, III, Ed. Div. I
y II Dec. Ej. 25900-97-MEP
III
Res. CP-052-01-MEP
Ed. Div. Dec Ej. 29711-01-MEP
Colegio Profesional
Administrativo San Marcos III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Sagrado Corazón Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Saint Francis Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Salesiano Don
Bosco Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio San Antonio de
Padua, Esc. Sn Ant. de Padua y
Jardín de Niños
Aventuras del Saber Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II. Dec
Ej. 25900-97-MEP
III,
Ed. Div.
Res.
CP.017-03-MEP
Colegio San Benedicto Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II
Res.
CP-034-03-MEP
III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Santa María (Saint Mary High School)
Saint Mary Primary School Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 29846-01-MEP
Colegio Seminario III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Técnico Don
Bosco, Escuela Primaria Colegio Salesiano Don Bosco,
Centro Infantil Pasitos
Pequeños Preesc.
I, II, III, Ed. Div. I, II C.S.E sesión 146-48,
8/11/48
III C.S.E
sesión 3-50, 22/2/50
Ed.Div.
y Téc. M.
C.S.E
Sesión 93-71 10/8/71.
Prees.
Res.CP-015-06-MEP
SAN JOSÉ
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Colegio
Técnico Prof. San Vicente, Preesc.
Primaria y Sec. San Vicente (Saint Vicent
School) Preesc. I,
II, III, Ed. Div.
Educ. Técnica Dec.
Ej. 30535-03-MEP T.M.
en Redes y Programación:
Res.
CP-027-03-MEP
Colegio Teresiano San
Enrique de Ossó Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP III,
Ed.
Div. Dec.
Ej. 29435-01-MEP
Colegio Valle Azul (Blue Valley School) Preesc. I,
II, III, Ed. Div.
Bach. Internacional Prees. I, II, III
Dec.
Ej 25900-97-MEP
Ed
Div. Dec. Ej. 30517-02-MEP
Colegio Victoria y
Escuela Victoria Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
III,
Ed. Div. Dec.
Ej. 29776-01-MEP
Colegio Yorkin I,
II, III, Ed. Div. I, II C.S.E. sesión 120-84,
22/11/84,
III y Ed. Div.
C.S.E.
sesión 26-87, 2/4/87
Complejo Centro
Educacional Católica Activa
(JN Católico / Esc.
Católica Activa/ Colegio Bilingüe Sn Judas Tadeo) Preesc. I, II, III,
Ed. Div. Dec. Ej.
25900-97-MEP
Complejo Educativo
Bosque de Pinos para Brindar Servicios en Educación Privada Preesc. I, II Res.
CP-048-05-MEP
Complejo Educativo Royal Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Conbi College Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Country Day School Preesc.I,
II, III, Ed. Div. I, II C.S.E. sesión 19-64,
24/02/64
III, Ed. Div.
C.S.E.
sesión 33-73, 20/3/73
Preesc.
Res.CP-032-06-MEP
Escuela Bilingüe Mundo
de Sueños Preesc.
I, II Res.
CP-009-03-MEP
Escuela Bilingüe San Judas Tadeo (Saint Jude
School) Preesc. I, II Res.
CP-05-05-MEP
Escuela Euroamericana Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Invernadero Preesc.
I, II Dec.
Ej. 29845-01-MEP
Escuela – Liceo María
Auxiliadora Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I
y II Dec.
Ej. 174-45-MEP
Cambio
de nombre:
DECDOP-822-05
III
y Ed. Div.
Res.
CP-18-05-MEP
Escuela Marisa Preesc.
I, II C.S.E.
sesión 22-88, 22/3/88
Escuela Monte Everest y
Mi Kinder Feliz Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Niño Jesús de
Praga Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Primaria
Bilingüe Tricolor y Jardín de Niños Tricolin Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela San Elías y
Kinder El Conejito Blanco Preesc.
I, II Preesc. Dec. Ej.
25900-97-MEP
I y II Dec. Ej. 29843-01-MEP
Escuela Santa Ana (Santa Ana School), Victory
High School (Secundaria) I,
II, III y Ed. Div. I,
II -Res. CP-051- 04- MEP
III,
Ed.Div.Res.C.P.007-07.MEP
Escuela Santa Catalina
de Sena Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Vista del Monte, Mount View School Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II Dec.
Ej. 29716-01-MEP
III
Res. CP-28-05-MEP
Ed.
Div. Res. CP-005-06-MEP
Gotitas de Agua Preesc. C:S:E.sesión 98-83,15/11/83,
Cambio
de nombre
DECDOP
555-06
Hebrew Day School Jabad
(Escuela Hebrea) Preesc.
I, II Res.
CP-42-02-MEP
Hogar del Padre (Father´s Home Elementary
School) I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 30538-02-MEP
Instituto Bíblico
Bautista de Guadalupe I,
II, III, Ed. Div. Res.
CP-003-03-MEP
Instituto Bilingüe para
el Desarrollo Integral del Niño y la Niña DEINBI S.A. Preesc. Res.
CP-002-06-MEP
Instituto de Desarrollo
de Inteligencia Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Instituto de Educación
Integral I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP-CTP-
Asist.Chef-Asist.Veterinario-
Res.
CP-025-06
Instituto Dr. Jaim Weizman Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Instituto Educativo
Moderno Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Instituto
Latinoamericano de Psicología y Pedagogía Alternativa III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Instituto Preescolar Pequitas, Primaria Kamuk, Kamuk School Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Prees.
I, II. Dec.
Ej. 25900-97-MEP III,
Ed.
Div. Res. CP-046-04-MEP
Instituto Profesional
Femenino de Pavas III,
Ed. Div. III,
C.S.E. Sesión 91-74,
21/11/74
Ed. Div.
(Rama
Técnica)
C.S.E.
sesión 40-86, 9/7/86
Instituto Profesional
Femenino La Pradera III,
Ed. Div. III, Dec. Ej.
25900-97-MEP
Ed.
Div. Res. CP-018-02-MEP
Instituto
Psicopedagógico Pequeñines – Instituto Psicopedagógico Coronado Preesc.I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
I,
II, Res. CP.017-06-MEP
Instituto
Psicopedagógico Personitas Preesc.
I, II Preesc. Dec. Ej.
25900-97-MEP
I, II C.S.E. 229-98, 05/05/98
Instituto Secundaria Emanuel III,
Ed. Div. Res.
CP-015-02-MEP
Jardín de Niños
Campanita Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños Carolina Preesc. C.S.E.
sesión 49-87, 25/06/87
Jardín de Niños Cocorí Preesc. C.S.E.
sesión 38-74, 26/3/74
Jardín de Niños El
Piolín Alegre Preesc. C.S.E.
sesión 68-86, 14/10/86
Jardín de Niños
Estrellitas Juguetonas Preesc. C.S.E.
sesión 7-86, 25/02/86
Jardín de Niños Giselle
González Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños La
Abejita Maya Preesc. C.S.E.
sesión 87-85, 10/10/85
Jardín de Niños La
Tortuguita Verde Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños Mundo de
Fantasía Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños Ruiseñor Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños San
Gabriel Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Jardín de Niños Tic Tac Preesc. C.S.E.
sesión 11-91, 01/02/91
Kinder Montessori Juan
Silvestre Preesc. Dec
Ej. 25900-97-MEP-
Cambio
de nombre
DECDOP
715-06
SAN JOSÉ
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Jardín
Infantil del Instituto Nacional de Seguros Preesc. C.S.E.
sesión 98-83, 15/11/83
Jardín Infantil Musical Preesc. C.S.E.
sesión 08-89, 31/01/89
Jardín Infantil
Sorpresitas Preesc. C.S.E
sesión 79-87, 27/10/87
Kinder Niños Felices
Happy Kids Preesc. Dec.
Ej. 29436-01-MEP
Kinder San Francisco Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
La Casa de los Niños
Montessori (Escazú) Preesc.
I Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Mi Angelito Felíz (My
Happy Angel) Preesc. Dec.
Ej. 30515-02-MEP
Proyecto Educativo
Vivencial Summerhill Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. Dec. Ej.
30055-02-MEP
I, II, III y Ed. Div.
Dec.
Ej. 30501-02-MEP
Saint Anthony School Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II, Dec.
Ej. 25900-97-MEP
III,
Ed. Div. Res.
CP-012-06-MEP
Saint Gabriel Elementary & High School y Kinder Mi Tía Panchita Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc.
Dec. Ej. 25900-97-MEP
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 29840-01-MEP
Saint George High School Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 30529-02- MEP
Saint Gregory School Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Saint Josephs Primary School Preesc. I,
II, III. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
III
Res. C.P. 005 – 07- MEP
Saint Peter and Paul School Preesc. Res.
CP-011-03-MEP
Saint Peter´s High School Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Santa Ana High School III,
Ed. Div. Res.
CP-054-04-MEP
Santa Mónica School
Limitada Preesc.I,II Dec.
Ej. 25900-97-MEP,
Cambio
de nombre
DECDOP
948-06
Secundaria San Juan
Bautista (Saint John Baptist High School)
Ctro Educ Primaria Monte
Verde y Jardín de Niños El Trencito del Saber Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP III,
Ed.
Div. Res. CP-006-03-MEP
Sistema Educativo Saint Clare Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Sistema Educativo San
Lorenzo Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Sistema Educativo Whitman Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Preesc.
I, II, III Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Ed.Div.
Res. CP-27-05-MEP
Stepping Stones Preesc. Res.
CP-053-05-MEP
The Summit School Preesc. I, II Res.
CP-78-02-MEP
Valley Forge Future High School III,
Ed. Div. Res.
CP-023-06-MEP
Washington School I,
II Res.
CP-052-05-MEP
West College y West Primary Preesc. I,
II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
SAN RAMÓN
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro de
Educación Preescolar San Ramón Preesc. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Centro Educativo Naranjo Preesc.
I, II Res.
CP. 018-06-MEP
Centro Educativo Santa
María Goretti S.A. Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Colegio Bilingüe de San
Ramón, Escuela Primaria San Ramón Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. I, II C.S.E 37-88,
17/5/88
III,
Ed. Div. Res. CP-061-02-MEP
Colegio Patriarca San
José Preesc.
I, II, III, Ed. Div. C.S.E.
sesiones: 15-61, 8-62,
118-63,
148-64, 39-65, 27/2/61
Colegio Bilingüe San
Agustín Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Cambio
de nombre:
DECDOP-110-05
Sunlight School Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
SANTA CRUZ
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N° de resolución
C.D.S. Coco Beach School I,
II Res.
C.P. 001 – 07 - MEP
Centro Educativo Curime Preesc.
I, II C.S.E.
sesión 87-85, 10/10/85
Centro Educativo El Buho
Okay Preesc.
I,II Res.
CP-13-05-MEP
Centro Educativo El
Espiritu Santo Preesc.
I, II, III, Ed. Div. Preesc. Dec. Ej. 25900-07-MEP
I, II, III, Ed. Div.
C.S.E. sesión 87-90, 29/11/90
Centro Educativo Sagrada
Familia Preesc.
I, II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Escuela Campestre Diurna Guanacaste (Country Day
School) Preesc. I, II, III, Ed. Div. Res.
CP-036-03-MEP
Instituto Pedagógico La Torre
del Norte Preesc.
I, II,
III, Ed. Div. Res.
CP-024-03-MEP
TURRIALBA
Nombre de la
institución Nivel
reconoc. N°
de resolución
Centro Educativo
Guaria Blanca Preesc. C.S.E.
sesión 21-89, 21/03/89
Centro Educativo Jorge
Debravo Preesc.
I, II, III, Ed.Div. Preesc. I, II y III
Dec. Ej.
25900-97-MEP,
Ed.
Div. Dec. Ej. 30520-02-MEP
Escuela Interamericana CATIE,
Interamerican High School of Environmental Sciences,
Colegio Interamericano
de Ciencias Ambientales Preesc.
I, II III, Ed. Div. Preesc. I,
II Dec.
Ej. 25900-97-MEP
III,
Ed. Div. Res.
CP-006-06-MEP
Escuela Nuestra Señora
de Sión I,
II I,
C.S.E. sesión 13-51,
09/02/51
II, C.S.E.
sesión 25-55, 23/05/55
Instituto Pedagógico
Infantil Burbujitas Preesc.
I, II, III Dec.
Ej. 25900-97-MEP
Juan Viñas Centro
Educativo Integral I,
II Res.
CP-001-06-MEP
Liceo San Buenaventura III,
Ed.Div. Dec.
Ej. 29839-01-MEP
De existir alguna duda
sobre los centros educativos privados cuyos estudios están reconocidos por el
Estado, podrán dirigir sus consultas al Departamento de Centros Docentes
Privados, sito en el sexto piso del edificio Raventós, San José, o al teléfono
223-3348.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 44340).—C-650180.—(9266).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE
ALAJUELA
CONSEJO DIRECTIVO
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES
DE LA AUDITORÍA INTERNA DEL COLEGIO
UNIVERSITARIO DE ALAJUELA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Regulación.
La Auditoría Interna del Colegio Universitario de Alajuela se regula de acuerdo
con lo que establece la Ley General de Control Interno, la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República, Decreto Nº 30431-MEP Reglamento de
Educación Superior Universitaria, Manual de Normas Generales de Control Interno
de la Contraloría General de la República y las Entidades y Órganos Sujetos a
su Fiscalización, el Manual de Normas Técnicas de Auditoría y de Control
Interno para la Contraloría General de la República y las Entidades y Órganos
Sujetos a su Fiscalización, el Manual de Normas para el ejercicio de la
Auditoría Interna en el Sector Público, el presente Reglamento y sus
Disposiciones; otras Disposiciones, Políticas y Directrices emitidas por la
Contraloría General de la República, así como, en los Principios Básicos de
Interés Público y de Sana Administración, también se regulará de acuerdo con la
Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, y
en las disposiciones del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.
Artículo 2º—Del Reglamento
y sus modificaciones. El Reglamento y sus modificaciones se regirán por las
siguientes disposiciones:
a) El auditor interno debe actualizar, divulgar y
cumplir el Reglamento en la materia que le concierne, asimismo, debe someter
las modificaciones al Reglamento a la aprobación del jerarca e incorporar las
observaciones que este realice en común acuerdo con la Auditoría Interna en la
versión final de las modificaciones que se publicarán en La Gaceta,
luego de la aprobación de la Contraloría General de la República.
b) El jerarca debe divulgar,
cumplir y Velar por el cumplimiento del Reglamento, asimismo, debe proponer
modificaciones del Reglamento al Auditor Interno, quien, si dichas
modificaciones proceden, las avalará, para su publicación en La Gaceta,
luego de la aprobación de la Contraloría General de la República.
c) El jerarca y el auditor interno
deben concluir en el plazo máximo de dos meses naturales el proceso de acuerdo,
para introducir modificaciones al Reglamento y su aprobación en firme por el
jerarca, a partir de la fecha en que uno u otro haga la propuesta de
modificación. Asimismo, deben someter a la Contraloría General de la República,
las discrepancias de criterio sobre las modificaciones al Reglamento que ambos
propongan.
d) El Reglamento, así como sus
modificaciones, debe elaborarse por el Auditor Interno y aprobarse por el
jerarca y la Contraloría General de la República, cada cual según sus
competencias. La aprobación del Órgano Contralor se limitará a una
certificación que presente el auditor interno indicando que el documento
aprobado por el jerarca cumple con las presentes directrices y demás normativa
aplicable.
e) Asimismo, en caso de suscitarse
alguna divergencia de criterio entre el auditor y el jerarca institucional
sobre el particular, deben procurar llegar a un acuerdo satisfactorio. No
obstante, si prevaleciera alguna duda al respecto, uno de los dos o ambos,
deben plantearla como parte del trámite de aprobación que corresponde a la
Contraloría General, la que dispondrá lo que procede.
f) El personal de la Auditoría
Interna y el resto de la administración activa, debe cumplir el Reglamento en
la materia que le concierne.
Artículo 3º—Definiciones.
Para su comprensión y aplicación de este Reglamento, se definen los siguientes
conceptos:
Administración
Activa: Desde el punto de vista
funcional, es la función decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u
operativa de la administración. Desde el punto orgánico es el conjunto de
órganos y entes de la función administrativa, que deciden y ejecutan. Incluyen
al jerarca, como última instancia.
Advertencia: Corresponde a una labor preventiva que consiste en
alertar con el debido cuidado y tono, a cualquiera de los órganos pasivos de la
fiscalización, incluido el jerarca, sobre las posibles consecuencias de su
proceder.
Asesoría: Consiste en proveer al jerarca criterios, opiniones,
u observaciones que coadyuven a la toma de decisiones.
Autorización
de Libros: Servicio de la Auditoría
Interna que consiste en proporcionar una garantía razonable de la autenticidad
de los libros y de la información que éstos contienen, por lo que viene a ser
un elemento coadyuvante en el fortalecimiento de los sistemas de control
interno.
Competencias: Atribución legítima para el conocimiento o resolución
de un asunto conjunto de actividades, labores o asignaciones asignadas por la
normativa a la Auditoría Interna.
Conflicto
de intereses: Se origina en el momento
que un funcionario recibe regalos dádivas, comisiones o gratificaciones, o
participa en alguna situación que se contrapone a su cargo y con ello puedan
afectar su integridad e independencia.
Cuidado
Profesional: Propósito de realizar las
cosas bien, con toda integridad y responsabilidad en el desempeño de sus funciones,
estableciendo una adecuada supervisión y control en la labor que realice.
Ente: Institución u organización, estatal para efectos de
este Reglamento.
Entes
Fiscalizadores: Son las instituciones
u órganos que fiscalizan la actuación pública de las diferentes entidades.
Ética: Es la interiorización de normas y principios que
hacen responsable al individuo de su propio bienestar y, consecuentemente, del
bienestar de los demás, mediante un comportamiento basado en conductas morales
socialmente aceptadas, para comportarse consecuentemente con las mismas.
Fiscalizar: Actividad que verifica el cumplimiento de
determinadas actividades o funciones realizadas por otros.
Independencia: Libertad profesional que le asiste al auditor para
expresar su opinión funcional y de criterio con respecto al jerarca y a los
demás órganos de la administración activa.
Jerarca: Superior Jerárquico del órgano o del Ente (Consejo
Directivo); ejerce la máxima autoridad como órgano colegiado.
Objetividad: Mantenimiento de una actitud imparcial por parte del
auditor, en el desarrollo de las funciones de su competencia, para ello debe
gozar de total independencia en sus relaciones, no debe permitir ningún tipo de
influencia o prejuicio.
Órgano: Unidad Administrativa integrada por una o más
personas que desarrollan diferentes competencias, con el propósito de llevar a
cabo y ejercer determinadas funciones.
Pericia: Conocimientos y actitudes requeridas para realizar
cierto tipo de trabajo.
Potestades: Facultades del auditor para realizar el trabajo en
función de la naturaleza de su función.
Titular
Subordinado: Funcionario de la
Administración Activa responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y
tomar decisiones.
Universo
Auditable: Es el conjunto de áreas,
dependencias, servicios, procesos, sistemas que pueden ser evaluados por la
Auditoría Interna en un determinado proceso.
Valoración
de riesgo: Identificación y análisis
que enfrenta la institución tanto de fuentes internas como externas relevantes
para la consecución de los objetivos, deben ser realizados por el jerarca y los
titulares subordinados, con el fin de determinar como se deben administrar
dichos riesgos.
Artículo 4º—Concepto
de Auditoría Interna. Es la actividad independiente, objetiva y asesora,
que proporciona seguridad al C.U.N.A., puesto que se crea para validar y
mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos
institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional
para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del
control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a
esta Ley. Dentro del C.U.N.A, la Auditoría Interna proporciona a la ciudadanía
una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto de la
administración, se ejecuta conforme al Marco Legal y Técnico y a las Prácticas
Sanas. (Artículo 21 LGCI).
Artículo 5º—Obligación de
contar con una Auditoría Interna. El Colegio Universitario de Alajuela
dentro de su estructura orgánica contará con una Auditoría Interna, que es
parte integral y vital del Sistema de Control en concordancia con el artículo
20 de la Ley General de Control Interno.
Artículo 6º—El
nombramiento del auditor. El jerarca, “Consejo Directivo”, nombrará por
tiempo indefinido al auditor, el nombramiento se realizará por concurso público
promovido por el Consejo Directivo, asegurando una adecuada selección de los
candidatos (as) idóneos para ocupar el puesto, todo lo cual se hará conforme al
Reglamento que regula el nombramiento del puesto de Auditor del C.U.N.A., todo
lo que deberá constar en el expediente respectivo. El expediente y la terna
seleccionada deberán ser comunicados, en forma previa a al nombramiento, a la
Contraloría General de la República, la cual analizará el proceso y lo aprobará
o lo vetará.
En este último caso, girará
las disposiciones a la Institución, señalando los elementos objetados para su
corrección; la administración deberá repetir el proceso a partir de la etapa
donde se inició la objeción respectiva.
Los nombramientos interinos
serán autorizados, en forma previa por parte de la Contraloría General de la
República, a solicitud del Consejo Directivo. En ningún caso podrán hacerse el
nombramiento por más de doce meses.
Artículo 7º—Conclusión de
la relación de servicio. El auditor es inamovible. La relación de servicio
podrá ser suspendida o sustituido de su cargo por
justa causa y por decisión emanada del Consejo Directivo, previa formación de
expediente con oportunidad suficiente de audiencia y defensa en su favor, así
como dictamen favorable de la Contraloría General de la República.
Artículo 8º—Implantación
del sistema de control interno. El ordenamiento de control interno es el
conjunto de normas que regulan el control dentro de la Institución. Es
responsabilidad exclusiva de la Administración del Colegio Universitario de
Alajuela, de establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control
interno, siendo responsable del mismo el titular o máxima autoridad, y ante él,
el titular subordinado de cada órgano componente de la institución.
Artículo 9º—Competencia de
fiscalización. La Auditoría Interna ejercerá sus funciones en todas las
unidades administrativas, académicas, operativas y demás dependencias de la
institución, así mismo, en los sistemas, procesos, procedimientos, en todas
aquellas áreas de acción, contratos, convenios, programas o proyectos que se
lleven a cabo en el C.U.N.A.
CAPÍTULO II
Organización
Artículo 10.—Ubicación. El Auditor Interno dependerá
orgánicamente del Consejo Directivo, quien establecerá las regulaciones de tipo
administrativo que le sean aplicables. Los demás funcionarios de la Auditoría
Interna se regirán de acuerdo con las disposiciones aplicables al resto del
personal.
Artículo 11.—Organización.
La Auditoría Interna se organizará y funcionará de acuerdo a la disposición del
Auditor Interno, de conformidad con la normativa legal, políticas, normas y
directrices que emita la Contraloría General de la República y la Junta
Directiva, las cuales serán de acatamiento obligatorio.
El Auditor Interno es el
Superior Jerárquico de la Auditoría Interna, y responsable directo de las
actuaciones de la dependencia.
Artículo 12º—Reglamento de
Organización y Funciones. La Auditoría Interna dispondrá de un Reglamento,
acorde con la normativa que rige su actividad. Dicho Reglamento será aprobado
por el Consejo Directivo y la Contraloría General de la República, será
publicado en el Diario Oficial La Gaceta y será divulgado a nivel
institucional.
Artículo13.—Dirección
de la Auditoría. El Auditor es el superior jerárquico de la auditoría y
responsable de las actuaciones de la dependencia, deberá establecer las ideas
rectoras que regirán el departamento, deberá proponer al Consejo Directivo, la
creación de plazas y servicios para el buen funcionamiento del departamento
conforme a las normas y procedimientos establecidos. El auditor será el Jefe de
Personal de los funcionarios de la auditoría y se requiere de su aceptación
para el nombramiento, traslados, remoción, sanción y licencias del personal a
cargo.
Artículo 14.—Restricción
en el ejercicio de sus labores. El auditor interno y el personal de
Auditoría Interna no podrán ser miembros de Juntas Directivas, Comisiones de
trabajo o similares, podrán participar en las mismas en condición de asesor a
solicitud de la Administración. No participarán en implantación de acciones,
diseños de formularios o procedimientos, que serán examinados posteriormente en
el desarrollo de sus funciones.
Artículo 15.—Recursos
y apoyo a su gestión. El Auditor Interno para el desarrollo y
administración del departamento de auditoría, deberá presentar al Jerarca los
planes y la necesidad de recursos (creación de plazas, capacitación y otros)
para desarrollarlos, debidamente fundamentados de acuerdo a cada requerimiento.
Artículo 16.—Recursos
de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna deberá contar con los
recursos humanos, tecnológicos, de asesoría técnica y de capacitación
profesional para el desarrollo adecuado de sus funciones en el cumplimiento de
los objetivos. Para tal efecto El Auditor Interno presentará un presupuesto de
necesidades. Estos recursos se asignarán de acuerdo con los estudios técnicos
(Plan Estratégico), especialmente cuando se trate de recurso humano. Es
obligación del Jerarca de intervenir ante las autoridades internas y externas
con el propósito de dotar a la Auditoría Interna adecuada y oportunamente de
dichos recursos.
Artículo 17.—Presupuesto
anual de la Auditoría. La Auditoría Interna elaborará el presupuesto anual
de la dependencia en forma independiente de acuerdo con los lineamientos
establecidos por la Contraloría General de la República, y en los términos
definidos por la administración, cumpliendo con los requisitos establecidos.
El auditor interno presentará
el plan anual operativo que justifique el presupuesto de la Auditoría Interna,
el cual deberá contener al menos políticas, objetivos específicos, indicadores
y fechas de cumplimiento.
Artículo 18.—Asignación
de recursos. El Jerarca y el funcionario responsable del presupuesto una
vez analizadas las necesidades, deberán asignar a la Auditoría Interna los
recursos presupuestarios en las diferentes partidas dentro de la cuenta
presupuestaria asignada para la Auditoría Interna, donde puedan ser controlados
los movimientos de la ejecución y las modificaciones de dichos recursos. Toda
modificación al presupuesto de la Auditoría Interna debe contar con su
aprobación.
Artículo 19.—Certificación
de presupuesto de la Auditoría. El Auditor Interno deberá preparar un anexo
que la administración deberá incluir dentro de la Liquidación Presupuestaria de
la Institución en donde se indique si los recursos asignados a la Auditoría
Interna fueron adecuados en el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 20.—Independencia
y objetividad. La Auditoría Interna en el desarrollo de sus actividades
ejecutará su trabajo con total independencia funcional y de criterio respecto
al Jerarca y de los demás Órganos y de la Administración Activa. El Auditor
deberá fijar medidas formales ante situaciones que pudieran exponer la independencia,
objetividad y conflicto de intereses, de la Auditoría Interna.
Artículo 21.—Relaciones
y coordinaciones. En la comunicación e intercambio de información con la
Contraloría General de la República, Procuraduría General de la República,
Autoridad Presupuestaria, u otros entes fiscalizadores establecidos por ley en
el ejercicio de sus competencias, la Auditoría Interna goza de total
independencia.
CAPÍTULO III
Funcionamiento de la
Auditoría Interna
Artículo 22.—Objeto de la Auditoría Interna. El objeto
fundamental de la Auditoría Interna es prestar un servicio de asesoría
constructiva y de protección a la administración, para que alcance las metas y
los objetivos institucionales con mayor eficiencia, economía, eficiencia y
calidad proporcionándole en forma oportuna, información, análisis, evaluación,
comentarios, sugerencias y recomendaciones pertinentes sobre las operaciones
que examina en forma posterior, así como advirtiendo de aquellas situaciones
que sean de su conocimiento.
Artículo 23.—Competencias
de la Auditoría Interna. Compete a la Auditoría Interna según el artículo
22 LGCI lo siguiente:
a) Realizar auditorías o estudios especiales
semestralmente, en relación con los fondos públicos sujetos a su competencia
institucional, incluidos fideicomisos, fondos especiales y otros de naturaleza
similar. Asimismo, efectuar semestralmente auditorías o estudios especiales
sobre fondos y actividades privadas, de acuerdo con los artículos 5º y 6º de la
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en el tanto estos se originen en transferencias efectuadas por componentes de su
competencia institucional.
b) Verificar el cumplimiento, la
validez y la suficiencia del sistema de control interno de su competencia
institucional, informar de ello y proponer las medidas correctivas que sean
pertinentes.
c) Verificar que la administración
activa tome las medidas de control interno señaladas en esta Ley, en los casos
de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de
apoyo con terceros; asimismo, examinar regularmente la operación efectiva de
los controles críticos, en esas unidades desconcentradas o en la prestación de
tales servicios.
d) Asesorar, en materia de su
competencia, al jerarca del cual depende; además, advertir a los órganos
pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas
conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.
e) Autorizar, mediante razón de
apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los órganos
sujetos a su competencia institucional y otros libros que, a criterio del
auditor interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control
interno.
f) Preparar los planes de
trabajo, por lo menos de conformidad con los lineamientos que establece la
Contraloría General de la República.
g) Elaborar un informe anual de la
ejecución del plan de trabajo y del estado de las recomendaciones de la
Auditoría Interna, de la Contraloría General de la República y de los despachos
de contadores públicos; en los últimos dos casos, cuando sean de su
conocimiento, sin perjuicio de que se elaboren informes y se presenten al
jerarca cuando las circunstancias lo ameriten.
h) Mantener debidamente
actualizado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría
Interna.
i) Las demás competencias que
contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, con las
limitaciones que establece el artículo 34 de esta Ley.
Artículo 24.—Deberes legales. El auditor interno, el subauditor
interno y los demás funcionarios de la Auditoría Interna, tendrán las
siguientes obligaciones según el artículo 32 LGCI:
a) Cumplir las competencias asignadas por ley.
b) Cumplir el ordenamiento
jurídico y técnico aplicable.
c) Colaborar en los estudios que
la Contraloría General de la República y otras instituciones realicen en el
ejercicio de competencias de control o fiscalización legalmente atribuidas.
d) Administrar, de manera eficaz,
eficiente y económica, los recursos del proceso del que sea responsable.
e) No revelar a terceros que no
tengan relación directa con los asuntos tratados en sus informes, información
sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén
realizando ni información sobre aquello que determine una posible responsabilidad
civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y
órganos sujetos a esta Ley.
f) Guardar la confidencialidad
del caso sobre la información a la que tengan acceso.
g) Acatar las disposiciones y
recomendaciones emanadas de la Contraloría General de la República. En caso de
oposición por parte de la Auditoría Interna referente a tales disposiciones y
recomendaciones, se aplicará el artículo 26 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República.
h) Facilitar y entregar la
información que les solicite la Asamblea Legislativa en el ejercicio de las
atribuciones que dispone el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución
Política, y colaborar con dicha información.
i) Cumplir los otros deberes
atinentes a su competencia.
Artículo 25.—Potestades. El artículo Nº 33 de la Ley de Control
Interno establece el ámbito de acción de la Auditoría Interna de la siguiente
manera:
El auditor interno, el
subauditor interno y los demás funcionarios de la Auditoría Interna tendrán,
las siguientes potestades:
a) Libre acceso, en cualquier momento, a todos
los libros, los archivos, los valores, las cuentas bancarias y los documentos
de los entes y órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos
privados, únicamente en cuanto administren o custodien fondos o bienes públicos
de los entes y órganos de su competencia institucional; también tendrán libre
acceso a otras fuentes de información relacionadas con su actividad. El auditor
interno podrá acceder, para sus fines, en cualquier momento, a las
transacciones electrónicas que consten en los archivos y sistemas electrónicos
de las transacciones que realicen los entes con los bancos u otras
instituciones, para lo cual la administración deberá facilitarle los recursos
que se requieran.
b) Solicitar, a cualquier
funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos públicos de los
entes y órganos de su competencia institucional, en la forma, las condiciones y
el plazo razonables, los informes, datos y documentos para el cabal
cumplimiento de su competencia. En el caso de sujetos privados, la solicitud
será en lo que respecta a la administración o custodia de fondos públicos de
los entes y órganos de su competencia institucional.
c) Solicitar, a funcionarios de
cualquier nivel jerárquico, la colaboración, el asesoramiento y las facilidades
que demande el ejercicio de la Auditoría Interna.
d) Cualesquiera otras potestades
necesarias para el cumplimiento de su competencia, de acuerdo con el
ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
Artículo 26.—Prohibiciones legales. El auditor interno, el
subauditor interno y los demás funcionarios de la Auditoría Interna, tendrán
las siguientes prohibiciones según el artículo 34 LGCI:
a) Realizar funciones y actuaciones de
administración activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia.
b) Formar parte de un órgano
director de un procedimiento administrativo.
c) Ejercer profesiones liberales
fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su
cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y
afinidad hasta tercer grado, o bien, cuando la jornada no sea de tiempo
completo, excepto que exista impedimento por la existencia de un interés
directo o indirecto del propio ente u órgano. De esta prohibición se exceptúa
la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.
d) Participar en actividades
político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y
municipales.
e) Revelar información sobre las
auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando y
sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o
eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a esta
Ley.
Por las prohibiciones
contempladas en esta Ley se le pagará un sesenta y cinco por ciento (65%) sobre
el salario base.
Artículo 27.—Metodologías,
procedimientos y prácticas. Sin perjuicio de lo reglamentado en otros
artículos de este Reglamento, en la Ley Nº 8292 de Control Interno y lo
dispuesto por la Contraloría General de Control Interno en cuanto a las
regulaciones para la Auditoría Interna, el auditor interno tendrá las
siguientes obligaciones o responsabilidades.
a) Establecer las regulaciones rectoras de la
Unidad de Auditoría Interna del C.U.N.A.
b) Actualizar e implementar los
mecanismos para el manejo eficaz de las relaciones y coordinaciones que en el
ejercicio de las competencias de la Auditoría Interna, sean aplicables con el
jerarca, titulares subordinados y otras instancias internas o externas.
c) Regular la planificación de la
Auditoría Interna para el desarrollo de las labores, basados en la valoración
de riesgos.
d) Diseñar e implementar los
diferentes procesos inherentes a la Auditoría Interna, así como la elaboración de
instrumentos para la ejecución del trabajo (procesos típicos en los diferentes
estudios de auditoría, estudios especiales de auditoría, irregularidades,
control interno, presupuesto, etc., asesorías, advertencias, autorización de
libros).
e) Establecer los trámites que se
le darán a los resultados de los estudios de la Auditoría Interna.
f) Establecer los procedimientos
que se le darán (internamente y externamente) a las recomendaciones no
aceptadas por la administración.
g) Establecer los criterios mínimos
que se tomarán en cuenta para mantener un programa de aseguramiento continuo de
la calidad y mejora de la Auditoría Interna en todos los ámbitos incluyendo la
aplicación de la normativa técnica y jurídica aplicable.
h) Presentar al Jerarca y a las
autoridades de la organización, informes periódicamente sobre aspectos
relevantes de la Auditoría Interna y de la rendición de cuentas sobre el uso de
recursos y la fiscalización.
CAPÍTULO IV
Ejecución de la Auditoría
Artículo 28.—Manual de Normas Administrativas y Técnicas de la
Auditoría del C.U.NA. El Auditor Interno deberá formular y mantener
actualizado un Manual de Normas Técnicas y Administrativas, con el propósito de
brindar un marco de referencia que defina las Normas y Procedimientos de
auditoría aplicables al C.U.N.A. Este manual está fundamentado en los
lineamientos generales que emite las Contraloría General de la República en el
“Manual de procedimientos de Auditoría para la Contraloría General de la
República y las Entidades y Órganos Sujetos a su Fiscalización, las emitidas
por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica aplicables al Sector
Público, y las establecidas por la Institución.
Artículo 29.—Planificación
estratégica. El Auditor Interno elaborará con su equipo de trabajo la
planificación estratégica, con fundamento en las actividades de los procesos de
la administración, en el universo auditable que determine y en la valoración de
riesgos aplicable a dicho universo. El Plan Estratégico de la Auditoría Interna
deberá ser presentado al Consejo Directivo para el conocimiento y aprobación
del mismo.
Artículo 30.—Planificación
anual. La Auditoría Interna debe preparar el Plan Anual de trabajo
congruente con el Plan Estratégico de acuerdo con el nivel de riesgo resultante
y con los Lineamientos o Directrices que emita el Órgano Contralor. Este Plan
será enviado a la Contraloría General de la República, previo conocimiento y
aprobación del Consejo Directivo.
Artículo 31.—Asignación
de recursos. La Administración Activa asignará recursos humanos,
materiales. Tecnológicos y de transporte y otros para la ejecución del trabajo
y el logros de sus objetivos.
Artículo 32.—Planificación
de los recursos. La Auditoría Interna planificará sus recursos de acuerdo
con el Plan Anual Operativo y planteará sus necesidades ante el Consejo
Directivo.
Artículo 33.—Estudio
y evaluación del control interno. La Auditoría Interna estudiará y evaluará
el sistema de control interno de acuerdo al sistema establecido en la entidad
al iniciar una auditoría o estudio especial.
Artículo 34.—Procedimientos
de Auditoría. La Auditoría interna requiere contar con evidencia suficiente
y competente por lo que establecerá los procedimientos requeridos para cada
estudio.
Artículo 35.—Papeles
de trabajo. Las Auditorías o estudios especiales se soportarán con cédulas
y documentos de trabajo en donde se registrará la información o datos
importantes de acuerdo con el estudio que lleve a cabo la auditoría.
Artículo 36.—Supervisión
del trabajo. Todo trabajo de auditoría debe contar con una adecuada
supervisión en el caso de las auditorías unipersonales el auditor deberá
verificar que todo estudio cumpla con los pasos anteriores.
Artículo 37.—Confidencialidad
de la información. La información que obtenga el Auditor o el personal de
la Auditoría Interna será confidencial en el desarrollo de la ejecución del
trabajo.
Esta confidencialidad no se
aplicará a la Contraloría General de la República en el desarrollo de las
funciones de fiscalización, al Consejo Directivo, Asamblea Legislativa, ni
cuando haya solicitud expresa de la autoridad competente.
CAPÍTULO V
Denuncias y relación de
hechos
Artículo 38.—Derecho y deber para realizar una denuncia. Todo
ciudadano tiene el derecho de denunciar actos presuntos de corrupción. Los
funcionarios públicos tienen el deber de denunciar todo acto presuntamente
corrupto que se presente en la administración pública que sea de su
conocimiento de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 8292 y Nº 8422 y sus
Reglamentos. Toda denuncia que se presente ante la Auditoría Interna podrá ser
presentada en forma escrita, verbal o por el medio que se estime conveniente.
Artículo 39.—Confidencialidad
de los denunciantes y estudios que requieren la apertura de procedimiento
administrativo u otros. El Auditor guardará confidencialidad de la
identidad del denunciante. La información, documentación y otras evidencias de
las investigaciones que efectúa la Auditoría Interna cuyos resultados puedan
originar la apertura de un procedimiento administrativo o denuncia ante el
ministerio público serán confidenciales durante la comunicación del informe.
Las autoridades judiciales podrán solicitar la información pertinente ante la
posible existencia de un delito contra el honor de la persona denunciada.
Artículo 40.—Denuncia
penal. En caso de que los hechos ameriten la aplicabilidad de una denuncia
penal, se valorará con el Asesor Legal todos los extremos del expediente
respectivo en lo que sea aplicable, para el envío de la misma al Ministerio
Público y se proceda como a derecho corresponda.
Artículo 41.—Denuncia
penal en contra del Jerarca. En caso de que la investigación genere una
denuncia penal en contra del Jerarca o alguno de sus miembros, la denuncia ante
el Ministerio Público deberá interponerla la Auditoría Interna, en los demás
casos recomendará a la administración la apertura del trámite respectivo de la
denuncia.
Artículo 42.—La
Auditoría Interna deberá valorar los hechos denunciados con el propósito de
determinar la pertinencia, traslado o desestimación de la misma.
CAPÍTULO VI
Informes de Auditoría
Artículo 43.—Materias sujetas a informes de Auditoría Interna.
Los informes de Auditoría Interna versarán sobre diversos asuntos de su
competencia, así como sobre asuntos de los que pueden derivarse posibles
responsabilidades para funcionarios, ex funcionarios de la institución y
terceros. Cuando de un estudio se deriven recomendaciones sobre asuntos de
responsabilidad y otras materias, la Auditoría Interna deberá comunicarlas en
informes independientes para cada materia.
Los hallazgos, las
conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados por la Auditoría
Interna, deberán comunicarse oficialmente, mediante informes escritos al
Consejo Directivo o a los titulares subordinados de la administración activa,
con competencia y autoridad para ordenar la implantación de las respectivas
recomendaciones.
La comunicación oficial de
resultados de un informe de auditoría en cuanto a requisitos, partes, revisión
y remisión se regirá por lo dispuesto en el “Manual de Normas para la
Comunicación de Resultados del C.U.N.A” fundamentado en el “Manual para el
ejercicio de la Auditoría Interna en las entidades y órganos sujetos a la
fiscalización de la Contraloría General de la República”.
Artículo 44.—Informes
dirigidos a los titulares subordinados. Cuando los informes de auditoría
contengan recomendaciones dirigidas a los titulares subordinados, se procederá
de la siguiente manera:
a. El titular subordinado, en un plazo
improrrogable de diez días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el
informe, ordenará la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de ellas,
en el transcurso de dicho plazo elevará el informe de auditoría a la Junta
directiva, con copia a la Auditoría Interna, expondrá por escrito las razones
por las cuales objeta las recomendaciones del informe y propondrá soluciones
alternas para los hallazgos detectados.
b. Con vista de lo anterior, la
Junta Directiva deberá resolver, en el plazo de veinte días hábiles contados a
partir de la fecha de recibo de la documentación remitida por el titular
subordinado; además, deberá ordenar la implantación de recomendaciones de la
Auditoría Interna, las soluciones alternas propuestas por el titular
subordinado o las de su propia iniciativa, debidamente fundamentadas. Dentro de
los primeros diez días de ese lapso, el auditor interno podrá apersonarse, de
oficio, ante la Junta Directiva, para pronunciarse sobre las objeciones o
soluciones alternas propuestas. Las soluciones que la Junta Directiva ordene
implantar y que sean distintas de las propuestas por la Auditoría Interna,
estarán sujetas, en lo conducente, a lo dispuesto en los artículos siguientes.
c. El acto en firme será dado a
conocer a la Auditoría Interna y al titular subordinado correspondiente, para
el trámite que proceda.
Artículo 45.—Informes dirigidos al Consejo Directivo. Cuando el
informe de auditoría esté dirigido al jerarca, este deberá ordenar al titular
subordinado que corresponda, en un plazo improrrogable de treinta días hábiles
contados a partir de la fecha de recibido el informe, la implantación de las
recomendaciones. Si discrepa de tales recomendaciones, dentro del plazo
indicado deberá ordenar las soluciones alternas que motivadamente disponga;
todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la Auditoría Interna y al
titular subordinado correspondiente.
Artículo 46.—Planteamiento
de conflictos ante la Contraloría General de la República. Firme la
resolución de la Junta Directiva que ordene soluciones distintas de las
recomendadas por la Auditoría Interna, esta tendrá un plazo de quince días
hábiles, contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito los
motivos de su inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en
conflicto debe remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de
los ocho días hábiles siguientes, salvo que la Junta Directiva se allane a las
razones de inconformidad indicadas.
La Contraloría General de la
República dirimirá el conflicto en última instancia, a solicitud de la Junta
Directiva, de la Auditoría Interna o de ambos, en un plazo de treinta días
hábiles, una vez completado el expediente que se formará al efecto. El hecho de
no ejecutar injustificadamente lo resuelto en firme por el órgano contralor,
dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el capítulo V de la
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Nº 7428, de 7 de
setiembre de 1994.
Artículo 47.—Seguimiento
de recomendaciones. La Unidad de Auditoría Interna dispondrá de un Programa
de seguimiento de resultados de las recomendaciones planteadas por la Auditoría
Interna, debidamente aceptadas por la Administración y las recomendaciones
emitidas por la Contraloría General de la República. Este programa permitirá a
la Auditoría Interna verificar si las recomendaciones se han puesto en práctica
por la Administración.
CAPÍTULO VI
Programa de calidad
Artículo 48.—Programa de calidad. La Auditoría Interna deberá
establecer un programa de aseguramiento, mejoras y control de la calidad, el
cual asegure todos los procesos de la actividad de la auditoría.
Artículo 49.—Cumplimiento
de normativa de calidad. El Auditor interno y el personal de la auditoría
deben cumplir con las “Normas para el ejercicio profesional de la Auditoría
Interna así como las “Directrices Generales sobre principios y enunciados
éticos a observar por parte de los jerarcas, titulares subordinados,
funcionarios de la Contraloría General de la República, Auditorías Internas y
servidores Públicos en General, así como toda la normativa de calidad aplicable
en el desarrollo de sus funciones.
Artículo 50.—Capacitación
permanente. El auditor interno y el personal de Auditoría Interna deberán
cumplir con compromiso de formación permanente, mejorando continuamente sus
habilidades y la efectividad y calidad de los servicios.
Artículo 51.—Evaluaciones
al programa de calidad. Las evaluaciones al programa de calidad deberá
contener: supervisión, evaluaciones internas y externas, que permitan ofrecer
credibilidad de la Auditoría Interna y el mejoramiento continúo de la labor de
fiscalización.
Artículo 52.—Supervisión.
Cada trabajo de auditoría o estudio especial debe contar con una adecuada
supervisión con el propósito de que se compruebe que el mismo ha sido realizado
de acuerdo con las políticas, programas de trabajo y que ha cumplido con la
normativa aplicable.
Artículo 53.—Responsabilidad
de las evaluaciones internas. La responsabilidad de las evaluaciones
internas recae en el Auditor. Debe revisar las evaluaciones internas y velar
porque se tomen las medidas correctivas.
Artículo 54.—Responsabilidad
de las evaluaciones externas. Las revisiones externas recaen la
responsabilidad sobre los entes fiscalizadores o sobre la administración que
debe procurar la contratación de un equipo calificado profesionalmente y
totalmente independiente.
Artículo 55.—Informes
sobre las evaluaciones realizadas. Estos informes deben constar en un
informe dirigido al Consejo Directivo por parte de las instancias
correspondientes. En el caso del auditor deberá proponer el plan de mejoras y
realizar un plan de seguimiento al cumplimiento del plan de mejoras.
CAPÍTULO VII
Disposiciones finales
Artículo 56.—Este Reglamento deroga el Reglamento de Organización y
Funciones de la Auditoría Interna del CUNA publicado en La Gaceta Nº 162
del 25 de agosto de 1993, y cualquier acuerdo de Junta Directiva o disposición
que se oponga a este Reglamento.
Artículo 57.—Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Aprobado por el Consejo Directivo
del Colegio Universitario de Alajuela, en sesión Nº 2388-06, artículo 6.1,
celebrada el 26 de julio del 2006.
Marcelo Prieto Jiménez,
Decano.—1 vez.—(8442).